El SAT hará visitas a domicilio para revisar irregularidades en las emisiones fiscales
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Los representantes del SAT podrán tomar pruebas fotográficas o audiovisuales de los bienes que indiquen una irregularidad
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó, desde el 7 de noviembre, que se harán visitas a los hogares de los contribuyentes para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
La iniciativa fue informada en el Diario Oficial de la Federación, con la reforma al artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación.
En caso de detectar irregularidades en las declaraciones fiscales, ya sea en los contribuyentes, responsable o solidario, el SAT tendrá la obligación de revisar la indicación de una infracción y esclarecer cualquier posible error. Esto en especial, si hay índices de posibles irregularidades en la emisión o recepción de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
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Las visitas del SAT no serán generalizadas, sino que serán para casos específicos, para verificar que los comprobantes emitidos o recibidos correspondan a operaciones reales.
La reforma señala un plazo máximo de 24 días hábiles para estas visitas. Los representantes del SAT podrán documentar con fotografías, audio y video los hechos u objetos que ameritaron la revisión.
Medios de información han destacado que dichas visitas se concentrarán en adultos mayores. Por ello, se debe connotar que en caso de los jubilados o pensionados, la entidad fiscal debe informarles que tienen derecho a recibir asesoría jurídica gratuita, al igual que se puede recurrir a un representante legal.
Si dicha información no es ofrecida, el procedimiento del SAT podría ser inválido.
En caso de recibir una visita por un representante del SAT, los contribuyentes deben tener en cuanta que se le debió haber dado su Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado. También, se le debió informar sobre sus derechos y obligaciones desde el inicio de la cita.
El personal del SAT, durante la visita, tendrá las facultades de realizar las siguientes acciones, en caso de notificar irregularidades fiscales:
*) Suspender temporalmente la emisión de CFDI desde que se agendó la visita, si existen indicios de comprobantes falsos.
*) Revisar documentación y bienes relacionados con la actividad económica del contribuyente.
*) Tomar fotografías, videos y grabaciones, las cuales se incluirán en las actas del procedimiento.
*) Levantar actas parciales y finales, donde se registran todos los hallazgos, junto con las supuestas pruebas.
*) Podrán otorgarle al contribuyente la oportunidad de presentar pruebas antes de una posible resolución.
*) Requerir información complementaria, en caso de ameritarse, para confirmar o descartar irregularidades.
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Sin embargo, se debe destacar que los representantes deben informar la razón de la visita, y no podrán ingresar al domicilio, o registrarlo, sin haber presentado primero la orden por escrito.