LFT: ¿Cuándo inicia el pago de Utilidades en México en 2025?

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/ 6 marzo 2025

El reparto de utilidades es un derecho de los trabajadores en México, establecido en la Ley Federal del Trabajo

Cada año, los trabajadores mexicanos tienen derecho al reparto de utilidades, una de las prestaciones laborales establecidas en la Ley Federal del Trabajo (LFT), junto con el aguinaldo y las vacaciones pagadas. Este derecho está contemplado en el artículo 117 de la LFT y establece la obligación de los empleadores de distribuir parte de sus ganancias entre sus empleados.

Las empresas en México deben repartir el 10% de sus utilidades del ciclo fiscal anterior entre sus trabajadores. Esto significa que las ganancias generadas en 2024 deberán ser distribuidas en el primer semestre de 2025.

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De acuerdo con la normativa, las empresas que presentan su declaración anual en marzo tienen la obligación de realizar el pago de utilidades a más tardar el 31 de mayo. Esto implica que los trabajadores deben recibir este pago entre el tercer y quinto mes del año en curso.

El artículo 122 de la LFT señala que “el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual”.

CÓMO SE DETERMINA EL PAGO DE UTILIDADES PARA LOS TRABAJADORES

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece que, del 1 de enero al 31 de marzo, las empresas deben presentar su Declaración Anual. Las utilidades que se reparten corresponden a las ganancias netas de la empresa, es decir, el monto resultante tras restar costos, gastos e impuestos de los ingresos totales.

El porcentaje que los trabajadores reciben es determinado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas. Este mecanismo busca garantizar una distribución equitativa de los beneficios económicos, considerando diversos factores sociales y económicos.

CUÁNDO INICIA EL PAGO DE UTILIDADES EN MÉXICO

Como tal, no hay una fecha establecida para que el empleador realice el pago de utilidades. Este deberá de establecerlo por cuenta propia sin rebasar la fecha límite que es el 31 de mayo.

SALARIO BASE PARA EL REPARTO DE UTILIDADES

Para el cálculo del reparto de utilidades, solo se considera el salario por cuota diaria. No se incluyen otros ingresos como horas extras, gratificaciones, primas o cualquier otra percepción adicional. En el caso de los trabajadores con salarios variables, se toma en cuenta el promedio del total percibido durante el año.

En cuanto a los trabajadores de confianza, el salario tope para el cálculo del reparto se obtiene sumando un 20% al salario del trabajador sindicalizado o de base con el sueldo más alto dentro de la empresa.

CUÁLES TRABAJADORES TIENEN DERECHO A RECIBIR UTILIDADES

Esta prestación es aplicable a los empleados que hayan trabajado al menos 60 días en empresas con utilidades netas iguales o superiores a $300,000 pesos (según su declaración fiscal de 2016) y que tengan más de un año en funcionamiento.

El derecho al reparto de utilidades aplica incluso si el trabajador ya no labora en la empresa o si tenía un contrato por obra determinada al momento de la generación de las utilidades.

QUÉ TRABAJADORES NO TIENEN DERECHO AL PAGO DE UTILIDADES

No tienen derecho al reparto de utilidades los siguientes trabajadores:

- Trabajadores del hogar.

- Directores, administradores y gerentes generales.

- Profesionistas, artesanos, técnicos y otros que presten servicios bajo honorarios sin relación de trabajo subordinado.

QUÉ EMPRESAS QUEDAN EXENTAS DEL PAGO DE UTILIDADES A SUS TRABAJADORES

- Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento.

- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y otras instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

- Empresas cuyo capital sea menor al establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, según la rama industrial.

- Instituciones de asistencia privada sin propósitos de lucro.

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CUÁL ES EL TIEMPO LÍMITE PARA RECLAMAR EL PAGO DE UTILIDADES

Si un trabajador no recibe esta prestación o recibe un pago incompleto, tiene hasta un año para reclamarlo. Este plazo comienza a contar desde el día siguiente a la fecha límite establecida para el pago.Días considerados como laborados para el cálculo del reparto

Para determinar el reparto de utilidades, se consideran como días laborados no solo aquellos en los que el trabajador estuvo en funciones, sino también:

- Incapacidades temporales por riesgo de trabajo.

- Periodos prenatales y postnatales.

- Días de descanso semanal, vacaciones y días festivos.

- Permisos con goce de sueldo.

DÓNDE OBTENER ASESORÍA Y ORIENTACIÓN SOBRE EL REPARTO DE UTILIDADES

Los trabajadores que tengan dudas o requieran asesoría pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), que ofrece atención gratuita a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 911 78 77, o por correo electrónico en orientacionprofedet@stps.gob.mx. También pueden acudir personalmente a cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país o seguir sus redes sociales en Twitter (@profedet) y Facebook (PROFEDET).

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