Lista negra del SAT... comienza a publicar listas de contribuyentes que incurrieron en estas irregularidades
El SAT comenzó a publicar en el DOF las primeras listas de contribuyentes vinculados con la emisión de CFDI falsos. Conoce qué implica esta medida, los plazos para regularizarse y las posibles sanciones
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) inició una nueva etapa en el combate contra la emisión de facturas falsas, al publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los primeros nombres de contribuyentes que no lograron desvirtuar la presunción de haber emitido Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que amparan operaciones inexistentes.
La información fue dada a conocer por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), organismo que explicó que las publicaciones comenzaron desde el pasado 10 de julio y que sus efectos alcanzan no solo a quienes aparecen en los listados, sino también a las personas físicas y morales que recibieron comprobantes fiscales emitidos por ellos.
Esto significa que los contribuyentes relacionados con esos CFDI deberán revisar su situación fiscal y, en caso de ser necesario, presentar una declaración complementaria dentro del plazo establecido por la autoridad para evitar consecuencias administrativas.
PLAZOS Y CONSECUENCIAS PARA LOS CONTRIBUYENTES
La presidenta del IMCP, Ludivina Lejia Rodríguez, explicó que la legislación otorga un periodo de 30 días naturales a partir de la publicación en el DOF para corregir los efectos fiscales derivados de esos comprobantes.
”Para ello, contarán con un plazo de 30 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación en el DOF. En caso de no hacerlo, la autoridad fiscal restringirá temporalmente el uso de los certificados de sello digital para la emisión de comprobantes fiscales”, señaló la especialista durante un encuentro con medios.
La restricción del Certificado de Sello Digital (CSD) impediría emitir nuevas facturas electrónicas, una medida que puede afectar de forma importante las operaciones de empresas y contribuyentes que dependen de la facturación para continuar con sus actividades económicas.
QUIÉNES FUERON LOS PRIMEROS EXHIBIDOS
El vicepresidente fiscal del IMCP, Luis Carlos Figueroa Moncada, informó que el primer listado incluyó únicamente a tres contribuyentes que no lograron demostrar la validez de las operaciones respaldadas por sus CFDI.
Los nombres publicados fueron:· Alianza Corporativa Camarence, A.C.· Asociación Patronal Región Zamora, A.C.· Confederación de Servidores Públicos de los Poderes de los Estados, Municipios e Instituciones Descentralizadas de la República Mexicana
”Los contribuyentes que hayan recibido CFDI emitidos por cualquiera de los tres contribuyentes incluidos en el listado del 10 de julio deberán presentar la declaración complementaria a más tardar el 9 de agosto”, precisó Figueroa Moncada.
De no cumplir con ese requisito, el SAT podrá restringir temporalmente el uso del CSD a partir del 10 de agosto. Si la situación permanece sin corregirse durante los siguientes 40 días, la autoridad tendrá facultades para cancelar definitivamente dicho certificado.
CASI 60 MIL CONTRIBUYENTES YA PERDIERON SUS SELLOS DIGITALES
El IMCP aclaró que estas nuevas listas no deben confundirse con los reportes trimestrales de contribuyentes que ya perdieron definitivamente su Certificado de Sello Digital.
De acuerdo con el organismo, la actualización publicada en abril de 2026 contempla 58 mil 195 contribuyentes cuyos certificados quedaron sin efectos tras no corregir las inconsistencias detectadas durante procesos de fiscalización.
Asimismo, entre enero y mayo de 2026, alrededor del 4.8 % de las acciones de vigilancia profunda concluyeron con la cancelación definitiva del certificado, lo que representó 4 mil 353 contribuyentes afectados.
La publicación de estos nuevos listados refuerza la estrategia del SAT para detectar operaciones simuladas y fortalecer el control sobre la emisión de facturas electrónicas, una medida que ahora también obliga a los contribuyentes relacionados con esos comprobantes a revisar oportunamente su situación fiscal.
DATOS CURIOSOS
· El Certificado de Sello Digital funciona como la firma electrónica que permite emitir facturas electrónicas en México.
· El procedimiento distingue entre la restricción temporal del certificado y su cancelación definitiva, dependiendo de si el contribuyente regulariza o no su situación.
· Las listas publicadas en el Diario Oficial de la Federación tienen efectos fiscales para quienes emitieron los CFDI y también para quienes los utilizaron en sus operaciones.