Cabotaje aéreo, ¿qué es, qué propone AMLO y cómo afectará a las aerolíneas mexicanas?

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/ 2 febrero 2023

La iniciativa elimina la prohibición para que aerolíneas internacionales puedan entrar al mercado de vuelos nacionales

En días pasados, integrantes de la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México (ASPA) se manifestaron a las afueras de Palacio Nacional proyectando sobre la fachada el hashtag No al cabotaje, justo después de la marcha sobre Paseo de la Reforma convocada este martes por la Unión Nacional de Trabajadores.

La Ley de Aviación Civil fue propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien el pasado 15 de diciembre envió la iniciativa a la Cámara de Diputados.

La iniciativa elimina la prohibición para que aerolíneas internacionales puedan entrar al mercado de vuelos nacionales.

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Pilotos, sobrecargos, personal de aeropuertos y escuelas de aviación han advertido que permitir el cabotaje dentro de territorio mexicano perjudica la generación de empleo bien remunerado, así como la recaudación de impuestos en el país.

El presidente López Obrador envió una iniciativa a la Cámara de Diputados para que se permita el cabotaje de aerolíneas extranjeras en territorio mexicano.

Esto significa que una aerolínea extranjera podría volar desde su país de origen hacia México y dentro de territorio mexicano volar entre dos ciudades, cuando las rutas nacionales están reservadas para las aerolíneas mexicanas.

El cabotaje es autorizar que aerolíneas extranjeras vuelen rutas nacionales.

Como ejemplo, la alemana Lufthansa podría volar de Múnich, Alemania, hacia la Ciudad de México y de la Ciudad de México, llevar pasajeros hacia Cancún.

“Estas operaciones están prohibidas en muchos países, ya que se ha comprobado que no genera competitividad ni beneficia al pasajero, por el contrario, en el corto plazo la industria nacional se vería afectada”, advirtió el Colegio de Pilotos Aviadores de México.

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¿“Letal” para la industria aérea mexicana?

El artículo 7 del Convenio de Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944), establece que los Estados pueden reservarse el derecho de explotar servicios de cabotaje a sus propias aerolíneas de manera exclusiva, es decir, que las operaciones entre dos ciudades dentro del país se realicen solo por las aerolíneas nacionales.

Pero si un Estado concede derechos de cabotaje a otro Estado, debe hacerlo sobre bases de no discriminación, es decir, no podrá concederlo como privilegio exclusivo.

Desde 1997, las aerolíneas de la Unión Europea están habilitadas para explotar servicios interiores en cualquier país de la Comunidad fuera del propio, es decir, dar servicio de cabotaje.

El cabotaje sería “letal” para la industria aérea mexicana y sus trabajadores, aseguró el Colegio de Pilotos Aviadores de México, ya que las aerolíneas del país estarían en clara desventaja económica y de capacidad en comparación con las aerolíneas extranjeras generando prácticas de competencia desleal.

Con información de El Universal

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