INE desecha medidas cautelares contra promocionales del PRI; ve crítica política y no calumnia directa

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/ 1 abril 2026

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Morena y el gobernador de Nuevo León solicitaron medidas cautelares; en uno de los casos hubo sobreseimiento parcial

CDMX.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió dos solicitudes de medidas cautelares presentadas contra el Partido Revolucionario Institucional (PRI) por la presunta difusión de promocionales que podrían configurar calumnia, y determinó que es improcedente ordenar el retiro de los materiales denunciados.

En un comunicado, el INE informó que una medida fue solicitada por Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y otra por el gobernador de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda, en relación con promocionales difundidos en radio y televisión.

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En el primer asunto, Morena pidió la adopción de tutela preventiva y la suspensión del promocional denominado “PRI DEFENSORES”, al considerar que en sus versiones para radio y televisión se imputan conductas ilícitas y delictivas al partido quejoso.

No obstante, el INE precisó que, tras la discusión, se acordó que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral declarara el sobreseimiento parcial de la queja respecto de la versión radiofónica, debido a que en esa pieza no se hace referencia al partido político.

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En la segunda queja, García Sepúlveda solicitó suspender el promocional identificado como “RUTA DEL ENRIQUECIMIENTO”, en sus versiones radiofónica y televisiva, al señalar que se le imputan delitos de apropiación indebida de recursos públicos y enriquecimiento ilícito, con la intención de afectar su reputación.

La autoridad electoral indicó que, por unanimidad, en ambos casos se resolvió que no procede ordenar el retiro de los materiales, pues las manifestaciones denunciadas, desde una óptica preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, no implican la imputación directa y unívoca de un delito o hecho falso.

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El INE señaló que se trata de una opinión crítica expresada por el partido denunciado en relación con distintos temas aludidos en los promocionales, lo cual, sostuvo, está amparado por la libertad de expresión.

Además, respecto de la tutela preventiva, la Comisión consideró improcedente ordenar al PRI abstenerse de difundir cualquier material con contenido calumnioso, al estimar que esa solicitud se refiere a hechos futuros de realización incierta.

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