Inválida SCJN posibilidad para que militares intervengan comunicaciones de civiles sin aval de juez
La técnica de investigación será invalidada al contener controles que no son claros ni suficientes
En el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se invalidó la posibilidad de militares intervengan en las comunicaciones de civiles sin contar con una previa autorización de un juez de fuero común, votación con mayoría calificada.
Ocho votos fueron necesarios para invalidar la técnica de investigación vista en la reforma del Código Militar de Procedimientos Penales, la cual fue propuesta por el ministro Luis María Aguilar Morales, al señalar que establece algunos controles para que los militares puedan intervenir comunicaciones privadas; sin embargo, no son claras ni suficientes.
Los artículos 291, 295, 206 y 81 Bis, fracción VII señalan que “si en la práctica de una intervención de comunicación privada se tuviera conocimiento de la comisión de un delito diverso de aquellos que motivan la medida, se hará constar esta circunstancia en el registro para dar inicio a una nueva investigación”.
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Cabe recordar que la acción de inconstitucionalidad 46/2016 fue interpuesta por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de reformas al Código de Justicia Militar y al Código Militar de Procedimientos Penales.
“Lejos de generar certeza, causa incertidumbre en relación con cuál es el límite de esta atribución, dado que solo se mencionan la causa por la cual puede ejercerse, pero no se especifica ni la materia ni sobre quién o quiénes piden llevarse a cabo, lo cual puede tener como consecuencia el uso arbitrario por parte de la autoridad ministerial, al poder realizarla, no solo respecto del personal militar sujeto a una investigación, sino sobre personas ajenas al fuero castrense”, indica la sentencia realizada por Aguilar Morales.
Así como también la Suprema Corte invalidó que militares utilicen la localización geográfica en tiempo real de los dispositivos móviles, en investigaciones sobre hechos que involucran a elementos del Ejército. Considerando que el precepto era omiso en precisar la materia y las personas sobre las que podría ejercerse esa facultad y podría aplicarse a personas ajenas al ámbito castrenses.
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A lo que también invalidó a los militares realizar cateos en cualquier domicilio particular, en residencias u oficinas públicas de los tres poderes y organismos constitucionales autónomos; por permitir a la autoridad militar ejercer medidas restrictivas que impactaban en las esferas de los civiles.
Por lo que el fallo tendrá efectos retroactivos al 17 de mayo del 2016, cuando entró en vigor la reforma al Código Militar, haciendo que juicios basados en pruebas obtenidas mediante intervenciones de comunicaciones realizadas sin una autorización de un juez de fuero civil serán invalidadas.