Libertad de Mario Aburto por determinar este miércoles en la SCJN si le otorgan amparo
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En diciembre 2023, SCJN admitió a trámite recurso de revisión de FGR contra amparo del Primer Tribunal Colegiado a favor de Aburto
El futuro procesal del único preso por el asesinato del candidato presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio Murrieta, Mario Aburto Martínez, se definirá este miércoles cuando la Primera Sala resuelva el recurso de reclamación 805/2023 del michoacano contra la decisión de la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Lucía Piña Hernández, de admitir la impugnación de la Fiscalía General de la República (FGR) al amparo que se le concedió el año pasado y que ordenó una nueva condena con base en el Código Penal de Baja California.
La ministra Ana Margarita Ríos Farjat presentará a sus homólogos de la Primera Sala, Loretta Ortiz Ahilf, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo (aunque este último se declaró impedido para conocer del asunto) un proyecto en el que plantea dar la razón a Aburto Martínez, toda vez que no se pueden revisar todos los fallos de un Tribunal Federal, ya que los análisis son excepcionales y requieren de ciertos requisitos como la existencia de un tema de constitucionalidad.
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De aprobarse el proyecto, tendrá efecto el fallo del Primer Tribunal Colegiado de Apelación que en octubre de 2023 dejó sin efecto la condena de 45 años de cárcel dictada contra Mario Aburto Martínez y ordenó formular una nueva con base al Código Penal de Baja California, que establecía una pena de 30 años de prisión por el delito de homicidio doloso, al momento de los hechos.
Es decir, Aburto Martínez podría recuperar su libertad el próximo 23 de marzo, justo cuando se cumplirán 30 años del asesinato de Colosio Murrieta, durante un mitin en Lomas Taurinas, Baja California.
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En diciembre del año pasado, la SCJN admitió a trámite el recurso de revisión de la FGR contra el amparo del Primer Tribunal Colegiado a favor de Aburto.
En principio el recurso se turnó al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien se declaró impedido, por lo que el asunto se turnó a la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, quien en su proyecto señala que la sentencia del Tribunal Colegiado se basó en criterios vigentes que se emitieron en 2010 y 2013 por la Suprema Corte que señalan que, en delitos conexos, por citar un ejemplo, homicidio y portación de armas, los jueces federales pueden juzgar tanto los delitos federales como los locales, pero esto de ninguna manera convierte al delito local en uno federal.
(Con información de El Universal)