Jasmine Bugarín mantiene nacionalidad mexicana pese a haber nacido en EU; Gobierno de Sheinbaum explica su caso
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Luisa María Alcalde, consejera jurídica de la Presidencia, señaló que la Constitución reconoce como mexicanos por nacimiento a quienes nacen en el extranjero y tienen madre o padre mexicanos
El caso de Jasmine Bugarín, senadora con licencia de Nayarit y representante del Partido Verde, fue abordado durante la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum, luego de las dudas surgidas sobre su nacionalidad y los requisitos constitucionales para ocupar determinados cargos públicos.
Luisa María Alcalde, consejera jurídica de la Presidencia, explicó que haber nacido fuera de México no impide que una persona sea considerada mexicana por nacimiento cuando alguno de sus progenitores tiene la nacionalidad mexicana.
De acuerdo con el artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, son mexicanos por nacimiento quienes nacen en el extranjero y son hijos de padre o madre mexicanos.
Bugarín nació en Los Ángeles, California, pero, de acuerdo con la información proporcionada por la Presidencia, cuenta con la nacionalidad mexicana debido a su vínculo familiar con México.
BUGARÍN HABRÍA RENUNCIADO A LA NACIONALIDAD ESTADOUNIDENSE EN 2018
Durante la conferencia también se informó que la Secretaría de Relaciones Exteriores comunicó a la Consejería Jurídica que Jasmine Bugarín realizó en 2018 el trámite de renuncia a su nacionalidad estadounidense, aunque se precisó que dicho procedimiento no necesariamente le resultaba obligatorio en ese momento.
La aclaración cobra relevancia debido a las disposiciones constitucionales relacionadas con quienes aspiran a determinados cargos de elección popular.
En particular, el artículo 116 constitucional establece entre los requisitos para ser gobernador que la persona sea mexicana por nacimiento y, entre otras condiciones, sea nativa de la entidad correspondiente o tenga una residencia efectiva de al menos cinco años.
¿QUÉ DICE LA CONSTITUCIÓN SOBRE LOS MEXICANOS NACIDOS EN EL EXTRANJERO?
La fracción II del apartado A del artículo 30 constitucional establece que son mexicanos por nacimiento quienes nacen en el extranjero y son hijos de:
Padre mexicano.Madre mexicana.Padre y madre mexicanos.
Por esta disposición, una persona nacida fuera del territorio nacional puede conservar la condición de mexicana por nacimiento cuando cumple con el supuesto establecido en la Constitución.
NUEVA REGLA SOBRE LA DOBLE NACIONALIDAD ENTRARÁ EN VIGOR EN 2028
Durante la explicación del caso también se hizo referencia a una reforma constitucional relacionada con la doble nacionalidad y los requisitos para ocupar determinados cargos.
La reforma contempla que quienes busquen llegar a la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México deberán cumplir con las disposiciones relativas a la renuncia de otra nacionalidad.
Sin embargo, el decreto contiene un artículo transitorio que establece que estas modificaciones serán aplicables a partir del proceso electoral correspondiente a 2028.
La consejera jurídica Luisa María Alcalde señaló además que, debido al proceso electoral en curso y a los plazos constitucionales, actualmente no sería posible realizar modificaciones legales para que estas nuevas disposiciones fueran aplicables al proceso inmediato.
En el caso particular de Jasmine Bugarín, la Presidencia sostuvo que la información proporcionada por Relaciones Exteriores indica que la legisladora renunció a la nacionalidad estadounidense desde 2018.
De esta manera, la discusión se centra en la aplicación de las disposiciones constitucionales vigentes y en los cambios que comenzarán a aplicarse a partir del proceso electoral de 2028.