Jubilados de empresas energéticas reciben pensiones superiores al millón de pesos

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México
/ 14 marzo 2026

La Secretaría, la publicación de estos datos responde a lo establecido en el artículo 65 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Jubilados de las empresas energéticas del Estado reciben pensiones mensuales superiores al millón de pesos, de acuerdo con un listado difundido ayer por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno sobre el uso de recursos públicos para el pago de jubilaciones en organismos federales.

La dependencia informó que revisó los registros de pensionados de instituciones como Petróleos Mexicanos (Pemex), Comisión Federal de Electricidad (CFE), Luz y Fuerza del Centro en liquidación, así como de la banca de desarrollo, entre ellas Nacional Financiera (Nafin), Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (Banobras), Banco Nacional de Comercio Exterior (Bancomext) y el extinto Banco Nacional de Crédito Rural (Banrural).

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En el listado -con corte al 31 de diciembre de 2025- se detectaron pensiones “exorbitantes” que incluso superan el salario de la Presidenta de la República, y en algunos casos rebasan el millÛn de pesos mensuales.

Según la Secretaría, la publicación de estos datos responde a lo establecido en el artículo 65 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que obliga a las dependencias a transparentar el listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben con recursos públicos.

LAS MÁS ALTAS

Los montos más altos se concentran en empresas del sector energético, particularmente en jubilados de Pemex y del desaparecido sistema eléctrico del centro del país.

El caso más alto identificado corresponde a Carlos Arturo Sánchez Magaña, ex funcionario de Petróleos Mexicanos, quien percibe un millón 107 mil pesos mensuales tras haberse retirado bajo el antiguo régimen laboral de la petrolera estatal.

Otro caso destacado es el de Jorge Evodio Chapa de la Torre, ex trabajador de Luz y Fuerza del Centro, con una pensión de un millón 77 mil pesos al mes, pese a que la empresa fue extinguida en 2009.

También aparecen entre los montos más altos: Edgar Velázquez Butrón, jubilado de Luz y Fuerza, con un millón 37 mil pesos mensuales; Kenneth Sydney Smith Jacobo, también de esa empresa eléctrica, con un millón 37 mil pesos al mes, y Salvador Quero García, ex trabajador de Pemex, con 987 mil pesos mensuales.

En la petrolera estatal, otros jubilados también registran percepciones cercanas al millón de pesos, como Jorge Ernesto Moreno Tovar y Jorge Luis Talamantes Montoya, con pensiones superiores a 970 mil pesos mensuales.

Aunque también existen pensiones elevadas en la Comisión Federal de Electricidad, los montos más altos se ubican en rangos menores.

Por ejemplo, José Luis Lupercio Pérez, ex dirigente sindical del sector eléctrico, recibe 451 mil pesos mensuales, una de las jubilaciones más altas en esa empresa productiva del Estado.

En contraste, las pensiones más altas en la banca de desarrollo -como en Nacional Financiera o Banco Nacional de Comercio Exterior- se ubican generalmente entre 130 mil y 200 mil pesos mensuales.

UNIFICAR CRITERIO

La SecretarÌa Anticorrupción indicó que detectó diferencias en la forma en que las instituciones reportan esta información, por lo que la estrategia ahora es homologar la publicación de datos en la Plataforma Nacional de Transparencia.

Según la dependencia, el ejercicio busca fortalecer la rendición de cuentas sobre el uso de recursos públicos y evidenciar los costos que aún generan esquemas de jubilación heredados de contratos laborales anteriores.

Además, celebró la votación unánime del Senado del pasado miércoles para eliminar las llamadas “pensiones doradas”, medida que -afirmó- permitirá avanzar hacia un modelo de administración pública basado en la austeridad y la justicia en el uso del gasto.

LOS RIESGOS

La reciente aprobación de la reforma al Artículo 127 constitucional ha encendido las alarmas entre especialistas legales, quienes advierten que la medida trasciende el simple tope a las jubilaciones de confianza.

La crítica central es la violación al principio de no retroactividad; es decir, la aplicación de una ley nueva a situaciones jurídicas ya consolidadas.

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