SCJN avala acuerdo de la SEP que evita reprobar automáticamente a estudiantes por faltas o materias
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SCJN avala acuerdo de SEP que elimina reprobación automática y asistencia mínima para aprobar
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad un acuerdo emitido por la Secretaría de Educación Pública (SEP) que elimina la reprobación automática de estudiantes de escuelas públicas y privadas por no acreditar todas las materias o no cumplir con un porcentaje mínimo de asistencia.
Las ministras y ministros del máximo tribunal aprobaron el proyecto presentado por Lenia Batres Guadarrama, mediante el cual se negó el amparo promovido por el Colegio Roble contra el acuerdo vigente desde septiembre de 2023.
La Corte consideró que las disposiciones son constitucionales y que se ajustan a principios de calidad educativa e interés superior de la niñez.
SCJN RESPALDA NUEVO MODELO DE EVALUACIÓN EDUCATIVA
Durante la discusión del caso, Lenia Batres señaló que el concepto de excelencia educativa no puede reducirse únicamente al cumplimiento de asistencia o a calificaciones numéricas.
“La educación de excelencia no se agota en registros de asistencias o en acreditaciones de asignaturas o grados mediante mediciones numéricas cuantitativas, pues esa perspectiva resulta reduccionista frente a la complejidad y pluralidad de factores que integran este principio, que incide en la formación de más de 23 millones 358 mil 341 alumnas y alumnos de nuestro país”, expresó la ministra.
El acuerdo de la SEP reorganiza los planes de estudio en fases y campos formativos y establece nuevos criterios de evaluación para educación básica.
Entre las modificaciones se contempla que estudiantes de preescolar y primer grado de primaria avancen automáticamente de nivel, además de que en secundaria se implementen mecanismos de regularización antes de considerar la reprobación.
SEP ELIMINA ASISTENCIA MÍNIMA OBLIGATORIA PARA APROBAR
La normativa también elimina el requisito de asistencia mínima como condición indispensable para acreditar materias y plantea que la evaluación del aprendizaje no dependa exclusivamente de calificaciones numéricas.
Según lo expuesto durante la sesión de la Corte, el modelo busca prevenir la exclusión escolar y priorizar procesos de aprendizaje integrales.
Los ministros señalaron que estas medidas son compatibles con experiencias internacionales aplicadas en países como Dinamarca y Finlandia, donde los sistemas educativos utilizan criterios de evaluación más amplios y no centrados únicamente en exámenes o promedios.
COLEGIO ROBLE ARGUMENTÓ AFECTACIONES A LA EXCELENCIA ACADÉMICA
El Colegio Roble promovió un juicio de amparo argumentando que el acuerdo de la SEP afectaba principios relacionados con la excelencia académica, la disciplina escolar y la erradicación de la ignorancia.
No obstante, la Suprema Corte resolvió mantener vigente la política educativa impulsada por la SEP.
Durante el debate, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar, sostuvo que la asistencia escolar no necesariamente refleja el nivel educativo de una persona estudiante.
El ministro añadió que, en algunos casos, las ausencias pueden estar relacionadas con problemáticas familiares o sociales que requieren atención institucional, en lugar de sanciones automáticas para niñas, niños y adolescentes.
Con esta resolución, la SCJN confirmó la validez constitucional del acuerdo educativo implementado por la SEP desde 2023 y mantuvo vigentes los criterios de evaluación y promoción escolar establecidos para el sistema educativo nacional.