Establece la SCJN que los desaforados tendrán protección de los estados

Nacional
/ 13 marzo 2024
Reforma
por Reforma

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La Suprema Corte de Justicia estableció ayer, en definitiva, que los Estados pueden proteger a funcionarios locales desaforados por delitos federales para que no sean detenidos y procesados mientras terminan su cargo

CIUDAD DE MÉXICO- Por ocho votos contra tres, el Pleno de la Corte determinó que el artículo 111 de la Constitución faculta a los Congresos locales para aceptar o no el desafuero aprobado por la Cámara de Diputados, cuando la Fiscalía General de la República (FGR) busca acusar penalmente a Gobernadores, diputados y Magistrados locales.

La discusión fue extraordinariamente tensa, con alusiones a la necesidad de respeto entre los Ministros y Ministras, e incluso con un recordatorio sobre el desafuero del Presidente Andrés Manuel López Obrador en 2005, cuando era Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.

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Margarita Ríos-Farjat, autora del proyecto, explicó que, por respeto al federalismo, los Congresos estatales tienen derecho a evaluar la afectación a la gobernabilidad de la entidad, si separa del cargo al funcionario tan pronto como lo desafueren los diputados federales.

El Ministro Juan Luis González Alcántara recordó que, cuando AMLO fue desaforado por diputados federales, la Asamblea Legislativa capitalina fue la que alegó ante la Corte que dicho órgano debía tener la última palabra sobre la separación del cargo del hoy Presidente.

Las tres Ministras afines al Gobierno, Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres, votaron en contra y acusaron que este criterio crea un “manto de impunidad.

Por Víctor Fuentes/Agencia Reforma.

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