Si eres pensionado del IMSS o del ISSSTE tal vez debas declarar ante el SAT, checa por qué

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/ 22 marzo 2023

No todos los individuos deben de cumplir con dicha obligación, aunque para el periodo correspondiente al año 2022, algunas personas jubiladas o retiradas sí estarán obligadas a participar en el ejercicio y evitar ser acreedoras a una sanción

Como cada año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitó una etapa para que las personas físicas y morales presenten su declaración anual.

No todos los individuos deben de cumplir con dicha obligación, aunque para el periodo correspondiente al año 2022, algunas personas jubiladas o retiradas sí estarán obligadas a participar en el ejercicio y evitar ser acreedoras a una sanción.

De acuerdo con un informe emitido por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), las personas que reciban pensión por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), que cumplan con alguna de las siguientes condiciones deberán presentar su declaración ante el SAT.

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- Que el monto de sus ingresos anuales supere los MXN 400 mil.

- Aún y cuando no supere los MXN 400 mil pesos, si tiene dos o más ingresos por concepto de pensión.

- Si además de recibir ingresos por pensión, obtiene ingresos por algún otro régimen como arrendamiento o por actividad empresarial.

La Prodecon dio a conocer el ejemplo de una persona que está obligada a rendir su declaración anual:

“Una persona que percibe ingresos por pensión recibida por el IMSS y el ISSSTE o como parte de una prestación laboral, así como pensión por viudez”, se lee en el comunicado emitido por la dependencia.

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¿Qué es y cuándo se debe realizar la declaración anual ante el SAT?

La declaración anual promovida por el SAT se trata de un ejercicio en el cual las personas contribuyentes presentan toda la información que contenga datos relacionados con sus ingresos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, así como pagos provisionales para declarar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y, en algunos casos, rescatar saldo a favor.

Para el ejercicio correspondiente al reporte de los ingresos percibidos a lo largo del año 2022, el portal web del Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitó un simulador desde el 17 y hasta el 31 de marzo de 2023, con la finalidad de dar a conocer las actualizaciones en la herramienta y validar la información que se pre llenará para cumplir con la obligación fiscal.

En ese sentido, luego de haber conocido la nueva versión de la herramienta para cumplir con la declaración anual, las personas contribuyentes contarán con todo el mes de abril para presentar la información solicitada por las autoridades.

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¿Qué pasa si no se presenta la declaración anual ante el SAT?

La omisión en la presentación de la información solicitada por el SAT a las y los contribuyentes puede considerarse como defraudación fiscal de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación. Según indica el artículo 109, apartado V, del reglamento mencionado, será sancionado con las mismas penas del delito de defraudación fiscal quien:

“Omita enterar a las autoridades discales, dentro del plazo que la ley establezca, las cantidades que por concepto de contribuciones hubiere retenido o recaudado”, así como que “Sea responsable por omitir, presentar por más de doce meses las declaraciones que tengan carácter de definitivas, así como las de un ejercicio fiscal que exijan las leyes fiscales, dejando de pagar la contribución correspondiente”.

¿Cómo presentar la declaración ante el SAT?

Desde el 1 de abril de 2023, las personas físicas podrán ingresar al portal oficial del SAT, en el apartado “Presenta tu declaración anual de personas físicas” para realizar el trámite correspondiente.

Posteriormente, deberán dar clic en el botón “Iniciar” e ingresar el RFC y la contraseña o la e.firma.

El siguiente paso consiste en llenar los datos solicitados en la declaración, verificarlos y enviarlos.

De esa forma, se obtendrá el acuse de recibido y, en casos particulares, la línea de captura.

Con información de medios

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