Suprema Corte rechaza imponer alternancia de género para Gubernaturas

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/ 17 noviembre 2023

Destacan que nada en la Constitución obliga a los estados a regular las Gubernaturas en función de paridad de género

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia rechazó hoy imponer a los estados la obligación de garantizar la alternancia de género en las Gubernaturas; es decir, que cada sexenio se alterne el puesto entre una mujer y un hombre.

Por cinco votos contra cuatro, el Pleno de la Corte avaló una reforma de julio pasado al Código Electoral de Durango, que obliga a garantizar la paridad de género para diputaciones locales y Ayuntamientos, pero no para la Gubernatura.

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Con distintos argumentos y propuestas, las ministras Norma Piña, Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel, así como Juan Luis González Alcántara, sostuvieron que la reforma de 2019 al Artículo 35 de la Constitución ya obliga a los Estados a garantizar la paridad en todos los cargos de elección popular.

Este es un tema distinto a la obligación de paridad que tienen los partidos al postular candidatos. Para las nueve Gubernaturas en disputa en 2024, por ejemplo, cada partido tiene que nominar a cinco mujeres y cuatro hombres, pero eso no quiere decir que en cada elección estatal participarán candidatos o candidatas de un solo género.

“La alternancia por periodo electivo de las postulaciones es la única forma en que se puede alcanzar la plena igualdad entre hombres y mujeres para aspirar a ocupar la titularidad de los Ejecutivos locales”, dijo Esquivel.

“Cada entidad debe establecer en su legislación electoral la alternancia sexenal en las postulaciones a este puesto, de manera que los partidos se vean obligados a alternar cada seis años a un hombre y una mujer”, agregó al recordar que Durango es uno de los estados que nunca ha tenido Gobernadora.

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“La paridad es un principio que abarca a las Gubernaturas”, afirmó González Alcántara.

“Este principio permite al menos que la oportunidad de acceder a esa posición se distribuya de manera equitativa entre hombres y mujeres”.

Admitió que la alternancia por periodo no es una regla forzosa, pero consideró que Durango debió buscar la forma de garantizar la paridad en la Gubernatura.

Ortiz dijo que los transitorios de la reforma constitucional de 2019 obligan a los estados a aclarar cómo funcionará la paridad a nivel de Gubernatura, por lo que el Congreso de Durango ha sido omiso, mientras que Piña sugirió invalidar una porción del código de esa entidad, de tal manera que la paridad quede como regla para todos los puestos.

“No existe un deber constitucional para las legislaturas locales de establecer un régimen de alternancia de género por periodo electivo en las Gubernaturas”, explicó en la mayoría el ministro Jorge Pardo, autor del proyecto.

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Destacó que nada en la Constitución obliga a los estados a regular las Gubernaturas en función de paridad de género, amén que la Corte ya ha determinado que los cargos unipersonales no están sujetos a este principio.

La ministra Margarita Ríos-Farjat no participó en la sesión de hoy, y un eventual criterio obligatorio sobre el tema requeriría el voto de al menos ocho integrantes de la Corte.

Cabe recordar que algunas entidades, como Coahuila y el Estado de México, ya han reformado sus Constituciones para establecer la alternancia de género en la Gubernatura.

La alternancia por periodo como principio obligatorio fue planteada en acciones de Morena y el PT para impugnar la reforma electoral de Durango.

Con información de Reforma

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