Tras el caso de #LadyChichenItza, ¿cuáles son las multas por invadir zonas arqueológicas?

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/ 22 noviembre 2022

Las multas por dañar el patrimonio cultural de México podrían incluir hasta 10 años de prisión

Una pareja de turistas fue expulsada de la zona arqueológica de Chichen Itzá, luego de que una mujer subiera la pirámide de Kukulcán, y llegara hasta el Castillo, lo cual está prohibido en el recinto.

A través de redes sociales se difundieron videos, este lunes 21 de noviembre, en los que se ve a la mujer, quien iba acompañada de un hombre, cuando burla los cordones de seguridad y comienza a subir por las escaleras de la pirámide.

Aunque los otros asistentes le gritaron que se bajara o que las autoridades intervinieran para llevarla detenida, la turista siguió subiendo hasta la cima, donde se puso a bailar, ocasionado más enojo en las personas presentes.

En otro video, se observa a la mujer cuando ya estaba debajo de la pirámide de Kukulcán, siendo retirada por la seguridad, mientras que los demás asistentes le lanzaron agua y la agredieron físicamente.

De acuerdo con el medio local Noticaribe, José Arturo Chab Cárdenas, jefe jurídico del Instituto Nacional de Antropología e Histori (INAH) en Yucatán, dijo que se abrió un expediente por la infracción cometida por los turistas a la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas.

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¿Cuáles son las sanciones por invadir o dañar zonas arqueológicas?

Según el daño ocasionado al patrimonio cultural del país, las sanciones pueden ir de tres y hasta diez años de cárcel.

El artículo 47 de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos menciona que aquella persona que realice trabajos materiales de exploración arqueológica, por excavación, remoción o por cualquier otro medio, en monumentos arqueológicos inmuebles, o en zonas de monumentos arqueológicos, sin la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia, se le impondrá prisión de tres a diez años y de mil a tres mil días multa.

De igual manera, el artículo 52 señala que las personas que alteren o destruyan un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de tres a diez años y multa hasta por el valor del daño causado.

Con información de El Financiero

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