Vacaciones... ¿cuántos días te corresponden y cuanto dinero te deben dar según la Ley Federal del Trabajo?
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Los trabajadores que tengan más de un año de servicio disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que de acuerdo a la ley
Se acercan las vacaciones de verano y es común el cuestionarse sobre cuántos días de descanso nos corresponden, esto según la Ley Federal del Trabajo.
La Ley Federal del Trabajo cuenta con todo un capítulo, el cuarto, para establecer bajo qué criterios una empresa debe determinar los días de vacaciones que le corresponde a cada trabajar, así como el aumento gradual de días que se da conforme adquiere antigüedad y cómo se le deberá otorgar su salario durante ese periodo.
El artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo establece que el trabajador tomará vacaciones sólo cuando lleve un año de servicios prestados, “en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborales, y que aumentará en dos días laborales, hasta llegar a 12, por cada año subsecuente de servicios”.
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Esto significa que los trabajadores tienen un mínimo de seis días de vacaciones cuando cumplen un año dentro de una empresa y el máximo que pueden disfrutar es de 12 días. “Después del cuarto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco se servicios”, refiere dicha normativa.
A continuación te compartimos una tabla con el número de días de vacaciones por año:
¿Cómo calcular la prima vacacional?
La prima vacacional es una cantidad de dinero adicional al salario que se paga para que los trabajadores disfruten de las vacaciones, es decir, de aquellos mínimo seis días que otorga la ley al año.
El monto de la prima vacacional depende del salario diario del trabajador y de los días de vacaciones que le corresponden según sus años laborados en el lugar donde se encuentra empleado.
Para calcular la prima vacacional, primero hay que conocer el salario diario que se percibe, esta cantidad se deberá multiplicar por los días de vacaciones a los que se tiene derecho, para luego multiplicar la cantidad que resulto por .25.
Si el empleado no recibe el pago, puede acudir a la Profedet en donde se le brindará asesoría legal, gratuita y personalizada, cuyos números son: 55 1484 8737, 800 911 7877 y 800 717 2942..