‘Deudas de agua’: es necesario replantear el Tratado de 1944

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Opinión
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El ‘adeudo de agua’ que México tiene con Estados Unidos, a la luz de las reglas del Tratado de 1944, no es un compromiso cuyo cumplimiento puede exigirse a rajatabla

El contenido de los acuerdos que los países firman entre sí, es decir, los compromisos que adquieren a través de estos, obedece a las circunstancias del tiempo en el cual se suscriben. En ese sentido, los pactos bilaterales constituyen respuestas para los problemas del momento, lo cual incluye –o puede incluir– el prever consecuencias indeseables futuras.

La esencia, sin embargo, está vinculada a los problemas del momento. Y no podrían ser de otra manera, porque resultaría absurdo plantearse la negociación de un acuerdo para definir la forma de resolver un problema, o un diferendo, que no ha aparecido en el horizonte.

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Señalar la característica contingente de los acuerdos es relevante porque ello implica la necesidad de que estos se revisen y, eventualmente, se modifiquen, para resolver los problemas del presente. Y esto es particularmente cierto en el caso de que las circunstancias se hayan modificado de forma relevante.

Es el caso justamente del denominado “Tratado de 1944”, mediante el cual México y Estados Unidos establecieron las reglas bajo las cuales se administrarían las aguas de los dos principales ríos que comparten: el Colorado y el Bravo.

En otras palabras, el Tratado establece los volúmenes de agua que uno y otro país tomarán de dichos cauces y los periodos en los cuales se realiza el balance para ponerse al día en la administración de las aguas compartidas.

Cuando el acuerdo se firmó, hace ya más de 80 años, los números no constituían un problema para nadie. El líquido disponible era suficiente y era posible cumplir con lo pactado sin mayores contratiempos. Eventualmente, hasta se registraba algún superávit.

Pero ocho décadas es mucho tiempo y en ese periodo las circunstancias cambiaron de forma drástica. En esencia, la población de ambos países, en la zona alrededor de las cuencas reguladas por el Tratado, creció de manera importante y con ella la necesidad de más agua para actividades industriales, agrícolas y domésticas.

Por otra parte, el volumen de agua disponible disminuyó debido a factores de carácter climático y con ello se generó la tormenta perfecta para México. El resultado de tal fenómeno es hoy evidente y constituye un problema que demanda solución: nuestro país tiene un “adeudo” importante de agua con Estados Unidos, a la luz de las reglas del Tratado.

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Es evidente, incluso para un observador distraído, que el problema no se va a resolver exigiendo el cumplimiento de las cláusulas del Tratado a rajatabla. Lo que se requiere es asumir que existe un problema nuevo, distinto al que dio origen al acuerdo de 1944 y, por ende, la realidad actual demanda una solución nueva, ajustada a las condiciones presentes.

Ambas naciones deben esforzarse entonces para encontrar nuevos elementos de acuerdo que les permitan atender la problemática de nuestros días y que se refiere, esencialmente, a la necesidad de garantizar el agua para todos los fines requeridos y no simplemente exigir que se paguen los adeudos.

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