Aguinaldo 2025: esta es la fecha límite de pago y el monto mínimo, según la LFT
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Conoce quiénes tienen derecho a recibir el pago del aguinaldo y qué hacer si la empresa no cumple
Con la llegada de las fiestas decembrinas, millones de trabajadores en México se preparan para recibir una de las prestaciones más esperadas del año: el aguinaldo. Este pago, contemplado como obligatorio en la Ley Federal del Trabajo (LFT), representa un ingreso adicional que suele destinarse a gastos familiares, celebraciones o ahorro de fin de año.
Aunque no existe una fecha específica para que cada empresa lo entregue, la ley sí establece un plazo límite para su pago. De acuerdo con el Artículo 87 de la LFT, los empleadores deben depositar el aguinaldo a más tardar el 20 de diciembre de cada año. Esta disposición aplica para todas las instituciones, sin excepción, y su incumplimiento puede derivar en sanciones.
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AGUINALDO DEBE DE SER MÍNIMO LO CORRESPONDIENTE A 15 DÍAS DE SALARIO
La ley señala que el aguinaldo debe ser equivalente como mínimo a 15 días de salario, aunque las empresas pueden otorgar una cantidad mayor si así lo determinan sus políticas internas o contratos colectivos. En ningún caso puede entregarse una cantidad inferior a lo estipulado en la legislación laboral.
QUIÉNES TIENEN DERECHO A RECIBIR EL AGUINALDO EN MÉXICO
El pago corresponde a todos los trabajadores regidos por la Ley Federal del Trabajo, independientemente de su tipo de contratación o modalidad laboral. Entre ellos se encuentran:
- Personal de base
- Trabajadores de confianza
- Empleados de planta
- Trabajadores sindicalizados
- Personal por obra o tiempo determinado
- Empleados por temporada
- Trabajadores sujetos a prueba o capacitación inicial
- Trabajadores eventuales
- Comisionistas
- Agentes de comercio
- Agentes de seguros
- Vendedores
- Todos aquellos que presten un servicio personal subordinado bajo la LFT
En el caso de los trabajadores que laboraron menos de un año, tienen derecho a recibir la parte proporcional correspondiente al tiempo efectivo que trabajaron durante el año calendario.
QUÉ PUEDES HACER SI LA EMPRESA EN LA QUE TRABAJAS NO TE PAGAN EL AGUINALDO
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) puso a disposición de los trabajadores sus servicios gratuitos de orientación y representación jurídica para resolver dudas relacionadas con el aguinaldo o para iniciar procedimientos en caso de incumplimiento.
En la Ciudad de México, la atención se brinda en la oficina ubicada en Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc.
En el resto del país, los servicios se ofrecen en las sedes del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, cuya ubicación puede consultarse en el enlace difundido por la institución: bit.ly/OFICINAPROFEDET.
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PROHIBICIONES Y OBLIGACIONES PARA LAS EMPRESAS
El aguinaldo debe pagarse únicamente en efectivo o a través de depósito bancario, según el método habitual de pago del salario. No puede entregarse en especie, ni sustituirse por regalos, vales, servicios o cualquier tipo de compensación que no sea monetaria.
El empleador debe calcular y otorgar la parte proporcional para quienes no laboraron el año completo.
El pago del aguinaldo debe realizarse a más tardar el 20 de diciembre. No puede condicionarse a metas, evaluaciones o productividad, salvo que estos criterios formen parte de prestaciones adicionales.