¿Cuándo entrará en vigor las prestaciones para los repartidores y choferes de aplicaciones?

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/ 21 junio 2025

Repartidores y conductores de apps como Uber, Didi y Rappi en México tendrán acceso a seguridad social y prestaciones laborales tras una reforma a la LFT

Una reforma a la Ley Federal del Trabajo marcará un cambio significativo en el modelo laboral de los servicios por aplicación en México. A partir del 1 de enero de 2026, repartidores, choferes y trabajadores de plataformas digitales como Uber, Didi, Rappi o Cornershop tendrán acceso a prestaciones laborales y de seguridad social bajo un nuevo marco normativo.

Esta modificación, impulsada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), reconoce por primera vez en la legislación nacional la relación laboral entre trabajadores y plataformas tecnológicas, lo que implica una transformación en las condiciones laborales de miles de personas en todo el país que generan ingresos a través de estas aplicaciones.

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¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA REFORMA A LA LFT QUE BUSCA BENEFICIARÁ A TRABAJADORES DE APLICACIONES?

El objetivo central de la reforma es garantizar el acceso a derechos básicos como seguro médico, pensión, guarderías, servicios de salud, vivienda y condiciones laborales dignas para quienes realizan actividades como entrega de alimentos, transporte de pasajeros o servicios similares mediante plataformas digitales. La STPS informó que los beneficios estarán disponibles para las y los trabajadores que generen ingresos equivalentes o superiores al salario mínimo, y que estarán respaldados por instituciones como el IMSS y el Infonavit.

Entre las prestaciones contempladas destacan el seguro por riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, así como la pensión por cesantía y vejez. También se garantizará la cobertura por invalidez y acceso a servicios funerarios para los familiares, el uso de guarderías y centros recreativos del IMSS, así como la posibilidad de acceder a créditos para la adquisición o construcción de vivienda por medio del Infonavit.

REFORMA BUSCA PROTECCIÓN DIGITAL Y REGLAS CLARAS PARA TRABAJADORES DE APLICACIONES

La reforma también establece una serie de obligaciones para las empresas tecnológicas que operan bajo este modelo. Se especifica que deberán proporcionar reglas claras y transparentes en el uso de algoritmos que asignan tareas, evitar desconexiones arbitrarias, y establecer protocolos contra el acoso y el hostigamiento. Además, las quejas y solicitudes deberán ser atendidas por personal humano y no exclusivamente por sistemas automatizados, con el fin de garantizar un trato justo y efectivo.

¿CUÁNDO INICIARÁ EL PERIODO PILOTO Y CUÁNDO ENTRARÁ EN VIGOR LA REFORMA?

Aunque la reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024, su aplicación no será inmediata. De acuerdo con lo anunciado por la STPS, entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025 se llevará a cabo una etapa piloto con el objetivo de evaluar la implementación del nuevo esquema, identificar áreas de mejora y realizar los ajustes técnicos y operativos necesarios.

La aplicación obligatoria de las nuevas disposiciones será efectiva a partir del 1 de enero de 2026, fecha a partir de la cual todas las plataformas digitales que operen en México deberán cumplir con la legislación laboral para este tipo de trabajadores.

Según las autoridades federales, esta reforma no implica el cobro de nuevos impuestos ni aumentos en las tarifas para los usuarios de las aplicaciones. Tampoco contempla restricciones en cuanto a los horarios ni modificaciones en la forma en que los trabajadores organizan sus jornadas, lo que permite mantener la flexibilidad característica de este tipo de empleo.

Sin embargo, las empresas deberán adaptar sus modelos operativos y administrativos para cumplir con las nuevas regulaciones laborales, incluyendo el registro de trabajadores ante las instituciones correspondientes, el cumplimiento de cuotas patronales y la implementación de nuevos esquemas de atención y protección.

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