Reparto de utilidades 2026: qué pasa si ya no trabajas en la empresa y cómo reclamar tu pago
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La PROFEDET orientan a trabajadores sobre el reparto de utilidades y los mecanismos disponibles para exigir este derecho en caso de incumplimiento
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) recordó que el próximo 30 de mayo es la fecha límite para que las empresas realicen el pago del reparto de utilidades, un derecho laboral establecido en el artículo 123 de la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo.
Este derecho, conocido como Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), consiste en que las personas trabajadoras reciban una parte de las ganancias generadas por la empresa o el patrón durante el año anterior, como reconocimiento a su contribución en la actividad productiva.
FECHAS CLAVE PARA EL REPARTO DE UTILIDADES
Las autoridades laborales establecieron distintos periodos para el pago, dependiendo del tipo de patrón:
- Del 1 de abril al 30 de mayo: para trabajadores de empresas (personas morales)
- Del 1 de mayo al 29 de junio: para quienes laboran con personas físicas
Estos plazos corresponden al ejercicio fiscal anterior y marcan el periodo en el que los empleadores deben cumplir con esta obligación.
¿QUIÉNES TIENEN DERECHO A RECIBIR UTILIDADES?
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, no solo las personas que actualmente laboran en una empresa pueden acceder a este pago.
Tienen derecho:
- Personas trabajadoras activas
- Extrabajadores, de planta o eventuales, que hayan laborado al menos 60 días en el año
- Personas con incapacidad temporal
- Madres en licencia de maternidad
- Padres que hayan ejercido permiso de paternidad
El monto se calcula en dos partes: una proporcional a los días trabajados y otra basada en los salarios percibidos durante el año.
¿QUÉ PASA SI YA NO TRABAJAS EN LA EMPRESA?
Las autoridades laborales indican que, aunque una persona haya cambiado de empleo, no pierde el derecho a recibir utilidades por el tiempo que trabajó durante el ejercicio fiscal correspondiente.
En estos casos:
- El pago debe solicitarse directamente al patrón anterior
- La entrega suele realizarse en el centro de trabajo donde se prestaron los servicios
- Es recomendable contactar al área de Recursos Humanos o Administración para conocer fechas y mecanismos de pago
Este derecho se mantiene vigente siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley.
¿QUÉ HACER SI NO TE PAGAN UTILIDADES?
En caso de que el empleador se niegue a pagar o no proporcione información, la legislación contempla mecanismos para la defensa del trabajador:
- Asesoría gratuita: acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para recibir orientación
- Conciliación obligatoria: solicitar una audiencia en los Centros de Conciliación antes de iniciar un juicio
- Proceso legal: si el caso llega a tribunales, el patrón debe demostrar que cumplió con el pago
PLAZO PARA RECLAMAR EL PAGO DE UTILIDADES
La Ley Federal del Trabajo establece que las acciones para reclamar el pago de utilidades prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite de pago, es decir, después de mayo o junio de 2026, según corresponda.
Por ello, las autoridades recomiendan a las personas trabajadoras verificar su situación y, en caso necesario, iniciar el proceso de reclamación dentro del periodo establecido.