SAT implementa Programa de Regularización Fiscal 2026 para personas y empresas

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/ 23 enero 2026

El estímulo del SAT permite reducir multas y recargos a contribuyentes con ingresos de hasta 300 millones de pesos

Con el objetivo de fortalecer la cultura del cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó el Programa de Regularización Fiscal 2026, dirigido a personas físicas y morales que hayan obtenido ingresos de hasta 300 millones de pesos en el ejercicio fiscal 2024.

El programa contempla beneficios fiscales previstos en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2026, mediante los cuales las y los contribuyentes pueden acceder a reducciones significativas en multas, recargos y gastos de ejecución relacionados con adeudos fiscales de ejercicios anteriores.

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BENEFICIOS CONTEMPLADOS EN EL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN FISCAL 2026

De acuerdo con la información difundida por el SAT, el programa permite:

- Disminuir hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución.

- Obtener una reducción de hasta el 90% cuando los créditos fiscales estén integrados exclusivamente por multas.

- Aplicar el estímulo a multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior.

- Incluir multas distintas a las de pago o con agravantes, así como recargos y gastos de ejecución derivados de contribuciones propias, retenidas, trasladadas, aprovechamientos o cuotas compensatorias correspondientes al ejercicio fiscal 2024 o anteriores.

El estímulo no se considera ingreso acumulable para efectos del Impuesto sobre la Renta y no da lugar a devolución, deducción, compensación, acreditamiento ni saldo a favor.

REQUISITOS GENERALES PARA ACCEDER AL ESTÍMULO FISCAL

Para poder beneficiarse del Programa de Regularización Fiscal 2026, las personas y empresas interesadas deben cumplir con los siguientes requisitos:

- No haber recibido condonaciones en programas generalizados previos.

- No haber sido beneficiadas por el estímulo fiscal previsto en el Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación 2025.

- No contar con sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal.

- No formar parte de los listados definitivos establecidos en los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF).

SUPUESTOS EN LOS QUE APLICA EL PROGRAMA

El SAT informó que el programa es aplicable a contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

Contribuyentes con contribuciones omitidas autodeterminadas

Aplica para adeudos correspondientes al ejercicio fiscal 2024 o anteriores. En este caso, el estímulo se aplica sobre los recargos generados por el monto de la contribución omitida.Las declaraciones deben presentarse de forma voluntaria, el pago debe realizarse en una sola exhibición y a más tardar el 31 de diciembre de 2026.

Contribuyentes sujetos a facultades de comprobación

Pueden acceder al estímulo siempre que subsanen las irregularidades detectadas, se autocorrijan y realicen el pago dentro del plazo establecido en el procedimiento correspondiente, antes de que se les notifique la resolución definitiva y, en todo caso, a más tardar el 31 de diciembre de 2026.

Contribuyentes con créditos fiscales firmes

Incluye a personas y empresas con créditos fiscales determinados por la autoridad federal que no hayan sido impugnados o respecto de los cuales se desistan del medio de defensa interpuesto.La solicitud debe presentarse a más tardar el 31 de octubre de 2026, mediante un caso de aclaración en el Portal del SAT o de forma presencial. Una vez autorizada, la autoridad emitirá la línea de captura correspondiente.

MODALIDADES DE PAGO

En el caso de créditos fiscales firmes, las y los contribuyentes podrán:

- Realizar el pago hasta en seis parcialidades, siempre que la última se efectúe a más tardar el 30 de noviembre de 2026.

- Mantener suspendido el procedimiento administrativo de ejecución, sin necesidad de garantizar el interés fiscal.

- Interrumpir el plazo de prescripción mientras se resuelve la solicitud.

El SAT precisó que, con la presentación de la solicitud, se entiende que el contribuyente consiente íntegramente el crédito fiscal. En caso de que posteriormente se impugne total o parcialmente, el estímulo fiscal dejará de surtir efectos y la autoridad realizará las acciones correspondientes.

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CANALES OFICIALES DE INFORMACIÓN DEL SAT

Para obtener más información sobre el programa, el SAT puso a disposición de las y los contribuyentes los siguientes canales:

- Minisitio del Programa de Regularización Fiscal 2026, disponible en el portal del SAT.

- MarcaSAT: 55 627 22 728, opción 9 y posteriormente la 3.

- Chat uno a uno en el portal del SAT, opción “Programa de Regularización Fiscal LIF 2026”.

- OrientaSAT, a través del asistente virtual en sat.gob.mx.

- Oficina Virtual, mediante cita previa.

Atención presencial en cualquier oficina del SAT sin cita previa.

Con la implementación del Programa de Regularización Fiscal 2026, el SAT informó que busca incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales y brindar facilidades a personas y empresas para regularizar su situación, en el marco de las disposiciones legales vigentes y como parte del fortalecimiento de la recaudación en beneficio del desarrollo nacional.

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Licenciada en Letras Españolas por la Universidad Autónoma de Coahuila, con diplomado en Literatura Contemporanea del siglo XX otorgada por el INBA y ponente en el II Congreso Internacional de Humanidades: Horizontes y Desafíos en la Investigación Interdisciplinaria, Además de contar con certificado en Lengua de Señas Mexicanas nivel avanzado.

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