Corte frena liberación en caso Uruchurtu y ordena juzgar con enfoque de género e interseccionalidad
La Suprema Corte reabrió un caso emblemático al invalidar una resolución que dejó en libertad a un exfuncionario
CDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó este lunes el amparo que había liberado a Jhoan Ricardo Matus Marcial, exconsejero jurídico del gobierno municipal de Asunción Nochixtlán, Oaxaca, sentenciado a 50 años de prisión por la desaparición de la activista Claudia Uruchurtu, y estableció estándares obligatorios para que jueces valoren casos de crímenes contra defensoras de derechos humanos.
El fallo fue aprobado por unanimidad de ocho votos en el Pleno, al avalarse el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, presentado a partir de la impugnación promovida por la familia de Uruchurtu contra la resolución que permitió la excarcelación del exfuncionario.
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En la exposición del caso, la Corte refirió que la Fiscalía de Oaxaca señaló a Matus Marcial, junto con la entonces alcaldesa Lizbeth Victoria Huerta y otras personas, como responsables de la desaparición de Claudia Uruchurtu, ocurrida el 27 de marzo de 2021, sin que hasta ahora se conozca su paradero.
La liberación se produjo por una decisión de un tribunal colegiado que el 21 de agosto del año pasado otorgó el amparo al considerar insuficientes las pruebas más allá del dicho de un testigo, criterio que la SCJN determinó revocar al advertir que no se atendieron los riesgos específicos que enfrentan mujeres activistas.
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En ese marco, el máximo tribunal sostuvo que juzgar estos asuntos con perspectiva de género e interseccionalidad constituye una obligación y que el análisis judicial debe incorporar el contexto de vulnerabilidad y los factores de riesgo vinculados con la defensa de derechos humanos.
El proyecto aprobado ordena devolver el asunto al tribunal colegiado para que realice un “escrutinio judicial especializado” con perspectiva de género e interseccionalidad y emita una nueva determinación conforme a derecho.
Con esta resolución, la Corte fijó lineamientos que deberán observarse en casos similares, al señalar que los juzgadores deben evitar valoraciones que omitan el contexto de violencia y los riesgos particulares que pueden incidir en la investigación y en la apreciación de pruebas cuando las víctimas son defensoras de derechos humanos.