Aplaza Corte votar ilegalidad de exclusión en becas del SNI

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México
/ 15 enero 2026

Proyecto busca declarar inconstitucional que se excluya a quienes trabajan en universidades privadas de las becas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospuso la votación de un proyecto que declaraba inconstitucional la exclusión de quienes trabajen en universidades privada de las becas del Sistema Nacional de Investigadores (SNI).

La propuesta de la Ministra Yasmín Esquivel, en el amparo en revisión 437/2025, plantea que la reforma a la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, en los artículos 34 y 41, de mayo de 2023, contraviene los artículos primero y tercero constitucionales, pues genera una diferencia de trato injustificada.

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Las nuevas disposiciones de la Ley mencionada ordenaron que el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt), convertido luego en Secretaría, otorgar apoyos a los investigadores “siempre y cuando” laboren en instituciones públicas e indica que los de los centros privados pueden acceder al SNI mediante convenios con el Consejo, pero aceptando la obligación de entregarles estímulos económicos.

La propuesta de Esquivel afirma que la reforma genera un trato desigual injustificado entre los integrantes del SNI, se contrapone a la garantía de que toda persona tiene derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica considerada en el artículo tercero constitucional, a la libertad de asociación e incluso al reglamento del Sistema Nacional de Investigadores y a tratados internacionales.

“Los artículos 34, 41, párrafos cuarto y quinto, y Décimo Transitorio, de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación generan una diferencia de trato injustificada que vulnera los derechos contenidos en los artículos 1o. y 3o., fracción V”, establece.

La reforma a la Ley de Ciencias recibió decenas de amparos de académicos de instituciones privadas, incluso del actual ministro de la Corte y académico de la Universidad Iberoamericana, Giovanni Figueroa Mejía.

El caso que iba a analizar la Corte fue originado por un académico de la Universidad de las Américas, quien ganó el amparo directo 1103/2023 contra el derecho de igualdad y no discriminación, pero fue impugnado por las cámaras de Senadores y de Diputados ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito quien desechó los argumentos de los legisladores, pero se declaró incompetente sobre la posible inconstitucionalidad.

El asunto estaba enlistado en el número 42 de la sesión de hoy, pero se informó que fue retirado.

También fue retirado, el recurso de reclamación 514/2025 contra un amparo contra la misma reforma del sector, en el que el ministro Irving Espinosa Betanzo propone declarar inoperantes los agravios de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación y confirmar el amparo sin pronunciamiento de la Corte.

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