La UIF podrá bloquear cuentas bancarias sin necesidad de orden judicial
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó la constitucionalidad de la facultad de la UIF para bloquear cuentas por sospechas de lavado de dinero o financiamiento a organizaciones criminales
El 6 de abril se informó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió que es legal que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda bloquee cuentas bancarias sin la necesidad de una orden judicial.
Se establece que si la cuenta bancaria mostró indicios de actividades ilícitas, como lavado de dinero, financiamientos a organizaciones criminales u omisiones fiscales, la UIF podrá ejercer un bloqueo.
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El proyecto fue elaborado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, desde el 2022. Actualmente, propuso la confirmación de reforma. Se detalló que la UIF tiene una formación administrativa, destacando que existe derecho a audiencia y se deberán ofrecer pruebas a favor y en contra.
La propuesta fue aprobada por 6 ministros. Sin embargo, la ministra Yasmín Esquivel y los ministros Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero votaron en contra.
Yasmín Esquiver argumentó que ‘aún cuando sea una medida útil para el combate al uso indebido del sistema financiero, tampoco por virtud de una norma redactada en forma deficiente podemos sacrificar el principio de seguridad jurídica bajo la idea de que el fin justifica los medios’.
La ministra Loretta Ortiz aseguró que es necesario que la UIF tenga la facultad de bloquear cuentas bancarias como un medio preventivo. Afirmó que, por disposiciones internacionales, las investigaciones fiscales necesitan ‘instrumentos’ para tomar medidas a nivel nacional.
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En paralelo, se debe recordar que otras instituciones, como el SAT, ya hacen vigilancias y emiten auditorías cuando los servicios bancarios les notifican por actividades sospechosas en depósitos de sus usuarios. La medida se implementa de manera cautelar para prevenir actos que vayan en contra de las regulaciones fiscales.