Reservar datos de FGR vulnera derecho de acceder a información: INAI

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/ 13 mayo 2022

El fallo abre la puerta para que otros sujetos obligados litiguen contra las resoluciones del Instituto, aseguran

Ciudad de México.— La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de avalar la reserva de los nombres y cargos de todo el personal que trabaja en la Fiscalía General de la República (FGR) mina el derecho de acceso a la información, consideró el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

A través de su cuenta de Twitter, el órgano garante indicó que el fallo abre la puerta para que otros sujetos obligados litiguen contra las resoluciones del INAI, que por mandato constitucional son definitivas e inatacables.

“Preocupa al INAI la determinación de la SCJN de invalidar la resolución RRA 9481/19, emitida en contra de la FGR; el fallo mina el derecho de acceso a la información y sienta un mal precedente para la inatacabilidad de las resoluciones de este organismo garante”, señaló.

También, a través de sus cuentas, los comisionados Francisco Javier Acuña, Josefina Román, Adrián Alcalá y Julieta del Río expresaron su inconformidad ante la decisión tomada por una mayoría de ministros.

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“Así como hemos reconocido siempre la supremacía de opinión de la @SCJN; en esta ocasión, respetuosamente, difiero de su decisión al dar la razón a la @FGRMexico sobre su objeción a revelar el nombre de los agentes de ministerios públicos, instrucción del@INAImexico. Un retroceso”, escribió Acuña.

El comisionado también recordó que la FGR ha sido uno de los sujetos obligados que más se ha resistido a cumplir con las resoluciones emitidas por el INAI.

Este jueves, argumentado cuestiones de seguridad, por 7 votos contra 3, el Pleno de la Corte anuló una resolución dictada en agosto de 2019 por el INAI en la que ordenaba a la FGR dar a conocer los nombres y cargos del personal de la FGR, salvo los de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO).

Román enfatizó que las resoluciones del INAI son definitivas e inatacables, por lo que es necesario hacer un estudio cuidadoso de la resolución de la Corte.

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Los ministros consideraron que la FGR sí podía impugnar la resolución del INAI debido a que supuestamente afecta sus atribuciones constitucionales para investigar y perseguir los delitos.

Desde 2018, la Corte ha sostenido que otros órganos autónomos sí pueden impugnar órdenes del INAI, pero solo cuando afecten las atribuciones que les otorga la Constitución.

Alcalá señaló que se trata de un mal precedente, pues queda abierta la posibilidad para que otros sujetos obligados litiguen contra las resoluciones del INAI.

“Como Comisionado del @INAIMexico estoy convencido en que la inatacabilidad de sus resoluciones fortalecen el #DAI y la #PDP, con la resolución de la @SCJN se permite que éstas puedan ser impugnadas por medio de la controversia constitucional.

“Con esto se abre una puerta que hace latente el riesgo de retrasar la garantía de estos dos derechos humanos; más aún cuando en el fondo lo que se analizó fue la legalidad de la resolución, es decir la procedencia de la reserva invocada por la @FGRMexico”, argumentó.

Con información de medios

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