¿Saldo a favor en el SAT?... Así puedes tramitar la devolución de impuestos paso a paso

Este saldo a favor puede ser utilizado por el contribuyente para compensar impuestos futuros o solicitar su devolución en efectivo
Se acerca el mes de abril y con el el momento en que los contribuyentes considerados personas físicas deben presentar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), después de lo cual podrán recibuir una devolución, si resultan con saldo a favor.
La declaración de impuestos ante el SAT es un trámite que deben realizar las personas físicas y morales en México, en el que se informa al SAT sobre los ingresos obtenidos y los impuestos pagados durante un período fiscal determinado.
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En la declaración de impuestos, se deben reportar los ingresos, deducciones y gastos realizados por el contribuyente en el período fiscal correspondiente. A partir de estos datos, el SAT calcula el monto de los impuestos que el contribuyente debe pagar o, en algunos casos, el saldo a favor del contribuyente.
La declaración de impuestos es obligatoria para todas las personas físicas y morales que obtienen ingresos en México, incluso si no tienen una actividad empresarial formal. El plazo para presentar la declaración de impuestos varía según el régimen fiscal al que esté sujeto el contribuyente, pero suele ser en el mes de abril del año siguiente al período fiscal.
Es importante mencionar que presentar una declaración de impuestos inexacta o incompleta puede resultar en sanciones y multas por parte del SAT, por lo que se recomienda buscar la asesoría de un experto en materia fiscal o utilizar herramientas en línea provistas por el SAT para realizar la declaración correctamente.
¿Cómo saber si tengo saldo a favor?
El Artículo 2 Fracción II de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente establece que todas las personas que estén registradas con una actividad económica ante el Servicio de Administración (SAT), cuentan con el “derecho a obtener, en su beneficio, las devoluciones de impuestos que procedan en términos del Código Fiscal de la Federación y de las leyes fiscales aplicables”.
El “saldo a favor del SAT” es una situación en la que una persona física o moral, al realizar su declaración de impuestos anual, ha pagado una cantidad mayor de impuestos de lo que realmente le correspondía. En este caso, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) le debe dinero al contribuyente y ese dinero se llama “saldo a favor”.
Por ejemplo, si una persona física o moral pagó 20 mil pesos de impuestos en un año fiscal, pero al realizar la declaración de impuestos correspondiente se determina que en realidad sólo debía pagar $15,000 pesos, entonces tiene un “saldo a favor” de 5 mil pesos con el SAT.
Este saldo a favor puede ser utilizado por el contribuyente para compensar impuestos futuros o solicitar su devolución en efectivo. Es importante mencionar que para solicitar la devolución del saldo a favor, se deben cumplir ciertos requisitos y procedimientos establecidos por el SAT.
Un contribuyente tiene saldo a favor cuando paga más impuestos de los que debe. Es decir, cuando realiza la declaración, se calculan los impuestos y hay ocasiones en que las que se demuestran que las personas pagaron de más. En esos casos, se puede solicitar la devolución del saldo a favor al SAT.
Así puedes saberlo:
• Debes ingresar al portal del SAT y dirigirte al Buzón tributario.
• Identifícate como persona física o moral.
• Ingresa tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC), así como la contraseña y la e.firma.
•Presenta tu declaración anual, donde informarás sobre tus ingresos y los impuestos que se te retuvieron a través de tus recibos de nómina.
• El SAT mostrará las facturas que emitiste y las que se emitieron a tu favor.
• El siguiente paso será agregar gastos que funcionan como deducibles de impuestos. En esta categoría entran: gastos médicos, donativos, gastos funerarios, intereses de hipotecas, seguros para el retiro, primas de seguros médicos y colegiaturas de primaria, secundaria y preparatoria.
• Luego de ingresar esa información y de que el SAT ‘haga cuentas’ se te informará en el sistema que tienes saldo a favor o no.
¿Cómo funciona la devolución de impuestos?
Una vez que se realiza el cálculo de impuestos es posible que a lo largo del año hayas pagado más de lo que debías, por lo que el SAT tiene la responsabilidad de devolverte el dinero.
La plataforma del SAT te permite recibir tu devolución de impuestos automáticamente; sin embargo, existen condiciones para que esto ocurra.
La dependencia explica que para obtener tu devolución de impuestos deberás hacer la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable.
Selecciona la opción de devolución en la plataforma de la declaración.
Señala un número de cuenta CLABE a 18 dígitos, esta deberá estar a tu nombre para que la devolución se cargue sin problema alguno.
Para que tu devolución sea efectiva, debe ser menor a los 150 mil pesos, de lo contrario, tendrás que solicitarla a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
Una vez que terminaste tu declaración de impuestos y no se hizo la devolución de manera automática, deberás solicitarla antes del 31 de julio.
En caso de que no pudieras solicitar la devolución de forma automática, deberás solicitarla a través de la plataforma del SAT. Para ello deberás:
• Seleccionar la opción de devolución de impuestos en este enlace.
• Iniciar sesión con tu RFC, contraseña o e.firma.
• Debes llenar el formulario que indica la dependencia y cargar los documentos que solicite.
Además, deberás tener a la mano documentación reciente, como un estado de cuenta de tu tarjeta en el que la CLABE sea visible.
La devolución de impuestos automática no aplica para:
• Quienes tengan ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
• Quienes soliciten la devolución de ejercicios fiscales anteriores al de 2022.
• Quienes presenten su solicitud del Formato Electrónico de Devoluciones antes de la obtención de resultados de la declaración anual.
• Quienes no eligieron la opción de ‘devolución’ al presentar su declaración.
Quienes soliciten la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes que se encuentren en la publicación o el listado a que se refieren los artículos 69 o 69-B del CFF.