¿Cómo será la elección popular para integrar la SCJN?
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En México la reforma constitucional en materia judicial, promulgada el 15 de septiembre de este año, establece un nuevo procedimiento para elegir a las personas juzgadoras del país, por medio del sufragio popular.
El proceso judicial electoral inició con la convocatoria que emitió el Senado de la elección extraordinaria, cuya jornada electoral se llevará a cabo el domingo 1 de junio del próximo año, en donde se elegirá, entre otros cargos judiciales, a las personas ministras que integrarán el más alto tribunal del país, la SCJN.
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¿Cómo vamos a elegir a las personas ministras? Te describo las 10 reglas básicas:
1) Cualquier mexicano por nacimiento que reúna los requisitos (con título de licenciatura en derecho, con promedio general de 8, experiencia profesional de 5 años, 2 años de residencia en el país, un ensayo de tres cuartillas y con cinco cartas de recomendación de vecinos, colegas o personas que respalden su candidatura) podrá inscribirse de manera libre para que su perfil sea tomado en cuenta en una, dos o las tres listas de aspirantes que serán seleccionados por los Comités de Evaluación de cada uno de los tres poderes.
2) Cada Comité de Evaluación hará una primera evaluación, a partir de los criterios que adopten, para seleccionar a los mejores 10 perfiles para los 9 cargos, es decir, se podrá integrar una primera lista de hasta 270 aspirantes (90 por cada lista).
3) De esos posibles 270 aspirantes, cada Comité depurará la lista por sorteo paritario. Es decir, la suerte decidirá quiénes de cada 10 pasarán a la siguiente etapa de postulación de los poderes.
4) La siguiente etapa será que cada poder podrá elegir hasta tres personas de cada lista sorteada, por lo que podrán presentarse a las elecciones hasta 27 personas aspirantes en cada lista, que en total puede representar hasta 91 personas en la boleta(s).
5) Las personas candidatas tienen derecho a salir en spots de radio y televisión, a trasladarse con sus propios recursos a todo el territorio nacional para participar en debates organizados por el INE o por entidades públicas y privadas. Sólo podrán distribuir folletos reciclables para difundir su perfil. No podrán recibir financiamiento público ni privado.
6) Los electores tienen derecho a elegir (marcar) a una, dos o más personas de esa lista de 91 posibles candidatos para ocupar 9 cargos en la SCJN. Es decir, se puede votar por 1 o más (9 o las 91 personas) de manera válida. Eso dice literalmente la ley.
7) El INE sumará los votos de cada candidatura y asignará, en forma alternada por género, los 9 cargos de mayor a menor votación, es decir, el primer cargo será para la mujer más votada, el segundo lugar para el hombre más votado, y así sucesivamente, hasta llegar a 9 asignaciones.
8) La persona más votada será presidenta de la SCJN por dos años, y así sucesivamente se definirá la presidencia de ese cuerpo colegiado.
9) Si existe alguna ausencia definitiva por renuncia, muerte o impedimento, entrará en funciones en el cargo la persona 10 más votada y así sucesivamente para las demás ausencias.
10) El 1 de septiembre de 2025, la SCJN iniciará una nueva etapa judicial con 5 mujeres y 4 hombres electos a través de este proceso judicial electoral.
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Estas son las reglas. El INE, sin embargo, tiene pendiente de resolver una serie de problemas técnicos en materia de implementación del proceso electoral: el costo real de la elección, la preparación, capacitación e instalación de los lugares de votación, la forma de boleta, la logística de la jornada electoral, el tope de gastos personales y su fiscalización, las medidas de control para evitar que los partidos políticos o el gobierno intervengan indebidamente a favor o en contra de las candidaturas, entre otras situaciones.
En este momento, los poderes del Estado han presentado sus convocatorias para que se inscriban los interesados. ¿Usted se anima?