Justicia por masacres, ¿sólo es posible en Estados Unidos?

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Opinión
/ 16 febrero 2026

Estados Unidos busca juzgar a narcotraficantes mexicanos por la masacre de Allende y otros hechos violentos ocurridos en México. ¿Por qué no los condenó primero la justicia local?

El Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) ha tomado la decisión de aplicar el criterio de extraterritorialidad para juzgar, de acuerdo con sus propias leyes, los hechos ocurridos en el municipio de Allende en el año 2011, cuando –de acuerdo con fuentes académicas– pudieron ser asesinadas entre 100 y 300 personas.

Lo anterior implica que Miguel Ángel Treviño Morales, a quien se conoce con el sobrenombre del Z-40, así como su hermano, Omar Treviño Morales (Z-42) podrían ser juzgados, en un tribunal estadounidense, por los crímenes cometidos en territorio coahuilense.

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La intención del DOJ ha sido plasmada en el documento que contiene la acusación en contra de los dos presuntos narcotraficantes señalados y que fue firmada por Marlon Cobar, jefe de la Sección de Narcóticos y Drogas Peligrosas de la División Criminal del Departamento de Justicia de los Estados Unidos.

El documento establece que “entre el 17 de marzo de 2011 y el 20 de marzo de 2011, ambas fechas aproximadas e inclusivas, dentro de la jurisdicción extraterritorial de Estados Unidos, los acusados... junto con otros, tanto conocidos como desconocidos, mientras se encontraban realizando un delito sancionable... consciente e intencionalmente conspiraron para matar y aconsejar, ordenar, inducir, procurar y causar la muerte intencional de una o más personas, a saber: ciudadanos de México...”.

El documento solamente contiene el señalamiento en contra de los hermanos Treviño Morales, por lo que no se conocen los detalles de la forma como los fiscales de Estados Unidos buscarían castigar los hechos ocurridos en México, aunque parece clara la intención de que estos sean juzgados allá.

La mención expresa a “la jurisdicción extraterritorial de Estados Unidos” es indicativo de que se pretende aplicar las leyes estadounidenses al caso concreto y ello implica un precedente importante.

Y es que, en estricto sentido, tendrían que ser las instituciones mexicanas las que investigaran, persiguieran y llevaran a juicio los hechos citados, porque fue en nuestro territorio en el cual ocurrieron.

Y aunque la aplicación extraterritorial de las leyes de un país es una posibilidad que contempla el Derecho Internacional, el que tal regla se intente usar es un indicativo de que las personas presuntamente responsables de los delitos perseguidos gozan de impunidad en el país donde los cometieron.

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Aún falta ver cómo se presenta y discute el caso en la Corte Federal del Distrito de Columbia en la cual se encuentra radicado, pero sin duda se trata de un caso que debe ser seguido desde México –y desde Coahuila– con particular interés.

Porque, con independencia de lo que allá se resuelva, sin duda la intención de Estados Unidos de juzgar, con acuerdo a sus leyes, hechos ocurridos en México, pone sobre la mesa, una vez más, el gravísimo problema de impunidad que padecemos en este país.

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