Lo que el SAT retiene... a veces regresa

Opinión
/ 23 octubre 2025

Al invertir todos soñamos con ver crecer nuestro dinero. Si hoy “meto” X pesos, quiero saber cuánto saldrá al final del horno financiero: X+Y siendo Y el interés que me corresponde.

Pero junto con ese rendimiento, hay otro ingrediente que no podemos ignorar: el impuesto. Como cualquier ingreso que reciba, los intereses también causan Impuesto sobre la Renta (ISR).

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Sin embargo, se busca que este impuesto sea “financieramente justo”, es decir que solo se pague si realmente hubo ganancia. ¿Le suena contradictorio? ¿Cómo que solo pagaré ISR si gano intereses? ¡Si me quitan cada vez que me depositan! Tranquilo. Ese fue solo un adelanto, un pago provisional.

Vamos a desmenuzarlo, como diría Jack el Destripador: vámonos por partes.

Los intereses, al ser un ingreso, están sujetos al ISR. Pero aquí lo importante es que sean intereses “reales”. ¿Qué significa esto?

Los intereses causan ISR solo cuando superan la inflación (eso que hace que, aunque por fin le suban el sueldo, su bolsillo no lo sienta porque al mismo tiempo subieron los precios en el súper). Es decir, si la tasa de interés es del 7% anual pero la inflación del mismo año fue del 4%, entonces su ganancia real fue del 3%.

En términos sencillos, ese 3% es lo que realmente le rinde su dinero y le permite comprar más en el súper, aunque los precios hayan subido.

A esa diferencia se le llama interés real, y es sobre monto que se calcula el ISR.

Entonces, regresando a su pregunta sobre el ISR que le retuvieron cada vez que le pagaron intereses, ese impuesto se considera pago provisional. Al momento de calcular el impuesto anual, esa retención se resta del total a pagar.

Si al final del año no “gano” intereses o el monto que le retuvieron fue mayor al impuesto anual, usted tiene derecho a que le devuelvan la diferencia.

Y hablando de la retención que le efectúan las instituciones financieras, permítame explicarle de forma general cómo se calcula.

La base de la retención es el capital que tenga invertido, no los intereses que generó. La tasa de retención se publica cada año en la Ley de Ingresos y se obtiene de un cálculo que combina el rendimiento promedio de ciertos instrumentos financieros y la inflación histórica.

Por eso casi siempre la retención que realizan durante el año será distinta al impuesto anual que le corresponda.

Este año, la tasa de retención es del 0.5%. Pero ojo: se contempla que a partir de 2026 suba a 0.9%. ¿Qué significa esto? Primero, que cada que le depositen los intereses, su bolsillo recibirá un poquito menos que en 2025, asumiendo que no cambia ni su inversión ni la tasa de interés.

Segundo, que una retención más alta no implica necesariamente que esté pagando más impuesto.

Dado que la mecánica del impuesto no se modifica, esa mayor retención puede verse como un “ahorro forzado” que hizo durante el año.

Y si en la declaración anual le sale saldo a favor, recuperará ese ahorro.

O bien, si le resulta un impuesto a cargo, habrá gozado de un “financiamiento gratuito”: en lugar de pagar el impuesto cada que recibió intereses, lo pagó al final del año, y ese dinero extra le permitió reinvertirlo y, con suerte, generar más intereses.

En otras palabras, esa retención no es un castigo. Es una herramienta de planeación financiera que, bien entendida, puede jugar a su favor.

Y recuerde: la única forma de que esa retención no se convierta en una merma para su bolsillo... es presentando su declaración anual. Ahí es donde se ajustan cuentas... y donde muchas veces el SAT termina devolviéndole lo que era suyo.

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Columnista de VANGUARDIA, comediante fiscal por vocación no diagnosticada. Dicen que los contadores nacemos sabiendo sumar... pero Hugo René también nació sabiendo restarle drama al SAT. Es licenciado en Contaduría Pública y Finanzas por el Tec de Monterrey, lo que básicamente significa que aprendió a sufrir con estilo y corbata. Tiene dos maestrías: una en Impuestos (porque a alguien tenía que gustarle eso) y otra en Derecho Internacional, por si alguna vez hay que explicarle al SAT que el tequila no se exporta con IVA incluido.

Empezó su carrera en California, donde trabajaba en una empresa de arroz... porque uno tiene que saber de granos antes de hablar de deducciones. Luego se fue metiendo al mundo de la contaduría, ese hermoso universo donde la emoción más fuerte es cuadrar el balance a la primera. Y cuando pensó que ya nada podía sorprenderlo, ¡lo invitaron al mismísimo SAT! Así es: fue asesor de la jefa del SAT y también trabajó en Planeación, es decir, ayudó a diseñar el mapa del infierno... pero con Excel.

Hoy es socio director en la firma Ortiz Garza y Asociados, donde lidera proyectos fiscales y se dedica a hacerle la vida más fácil a los que le temen al buzón tributario más que a su ex.

Además de contar números, también cuenta historias: fue conductor de “Frecuencia Fiscal” durante 14 años, donde explicaba impuestos como si fueran recetas de cocina (”agarre su CFDI, métalo a la licuadora fiscal y espolvoree deducciones”). Hoy conduce el pódcast “Entre Contadores”, donde se hablan de temas serios... pero con risas entre líneas y anécdotas que harían llorar a un auditor.

También ha sido catedrático, presidente de comisiones, columnista en El Financiero y miembro activo del Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León. Es decir, Hugo René no solo conoce la ley, también sabe aplicarla sin que a uno le den ganas de esconderse en las Islas Caimán.

Si alguna vez pensaste que los impuestos eran cosa seria... es porque no has leído una columna de Hugo René. Prepárate para entender tus finanzas como si te las explicara tu compadre chistoso... pero con cédula profesional.

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