Estas personas NO deben hacer su declaración anual ante el SAT... ¡Checa si estás en la lista!

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A pesar de que hay contribuyentes que deberán presentar su declaración anual ante el Sistema de Administración Tributaria, sí deberán continuar con sus declaraciones mensuales
Año con año las y los trabajadores de México, así como las empresas, están obligados rendir una declaración ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), en la que dan a conocer el pago correspondiente de sus impuestos, deducciones y ganancias.
Sin embargo, el SAT decidió eliminar la obligación fiscal de realizar la declaración anual... solamente para unos cuantos contribuyentes.
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¡ESTAS PERSONAS ESTÁN EXENTAS DE REALIZAR LA DECLARACIÓN ANUAL ANTE EL SAT!
De acuerdo con información proporcionada por el mismo organismo, las personas que se encuentran bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) estarán exentas de realizar su declaración anual.
“El Régimen Simplificado de Confianza permite realizar el pago del impuesto sobre la renta (ISR) de manera sencilla, rápida y eficiente. Este esquema busca reducir las tasas del impuesto para quienes perciben menores ingresos paguen menos”, explica el SAT en su sitio web.
A pesar de que los contribuyentes que forman parte de este régimen no presentarán su declaración anual, sí deberán continuar con sus declaraciones mensuales.
ASÍ PUEDES SABER SI ERES PARTE DE RESICO
Para conocer bajo qué régimen estás, únicamente necesitas consultar tu constancia de situación fiscal siguiendo estos pasos:
1. Ingresa al portal web del SAT: da clic AQUÍ.
2. Selecciona la opción ‘Otros trámites y servicios’.
3. Da clic en ‘Obtén tu constancia de situación fiscal’.
4. Inicia sesión con tu RFC y contraseña o firma electrónica (e.firma).
5. Descarga la constancia.
6. Verifica el apartado ‘Regímenes Fiscales’: si aparece la leyenda ‘Simplificado de Confianza’ significa que sí estás bajo el RESICO.
REQUISITOS PARA ESTAR INSCRITOS EN RESICO
- Que obtengan ingresos por actividad empresarial, servicios profesionales y/o uso o goce temporal de bienes, quienes presentarán sus declaraciones mensuales, y quedan relevados de presentar la declaración anual
- Que realicen actividades en copropiedad, pueden optar por no presentar la declaración anual, debiendo cumplir con sus declaraciones mensuales
- Que se dedican a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras (AGAPE).
- Que obtengan ingresos hasta 900 mil pesos están relevados de presentar declaraciones mensuales y anual (regla 3.13.26., RMISC 2024)
- Con ingresos mayores a 900 mil pesos y hasta tres millones 500 mil pesos, pueden no presentar declaraciones mensuales; sin embargo, sí deberán cumplir con la declaración anual (regla 3.13.28., RMISC 2024).
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VENTAJAS DE LA ELIMINACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL
La eliminación de esta obligación trae beneficios, como los siguientes, para los contribuyentes del RESICO:
• Reducción de carga administrativa
Los contribuyentes podrán enfocarse únicamente en sus declaraciones mensuales, lo que facilita el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
• Promoción de la formalidad fiscal
Esta medida incentiva a los pequeños empresarios y emprendedores a regularizarse y participar en el sistema tributario.
• Simplificación del sistema tributario
El SAT refuerza su objetivo de facilitar el cumplimiento fiscal para ciertos sectores productivos.