AMLO, Sheinbaum y funcionarios violaron veda en revocación de mandato, determina TEPJF

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/ 17 agosto 2023

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral señaló que los funcionarios incurrieron en difusión de propaganda gubernamental, además, violaron la imparcialidad y equidad electoral

En sesión pública de este jueves, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió un fallo contundente en el caso de violación a la veda electoral durante el proceso de revocación de mandato.

Por unanimidad de los magistrados, se concluyó que el presidente Andrés Manuel López Obrador, la ex jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, el secretario de la Defensa Nacional, Luis Cresencio Sandoval, dos gobernadores y otros funcionarios, infringieron las normativas electorales al difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido.

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El veredicto se basa en el análisis exhaustivo de las expresiones y publicaciones realizadas por los mencionados funcionarios en el marco de la inauguración del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles en marzo del año pasado.

La Sala Regional Especializada determinó que estas acciones vulneraron los principios fundamentales de imparcialidad, neutralidad y equidad en el proceso electoral. Además, se encontró evidencia de uso indebido de recursos públicos para dichas actividades.

Las expresiones de López Obrador y otros servidores públicos en el acto de inauguración del AIFA y en conferencias matutinas fueron denunciadas por el PAN, lo que llevó a la revisión y posterior fallo del TEPJF.

La sentencia, aprobada por unanimidad, también ordena la inclusión de todos los involucrados en el Catálogo de Sujetos Sancionados de la Sala Especializada del TEPJF, un hecho que marca un precedente significativo en la vigilancia de la imparcialidad y legalidad en los procesos electorales.

En respuesta a esta resolución, la Sala Especializada del TEPJF también impuso una multa económica a dos emisoras de radio y televisión que transmitieron los mensajes prohibidos en su totalidad.

Asimismo, la sentencia ordena dar vista a los Órganos Internos de Control de la Oficina de la Presidencia y otras dependencias federales, así como a las presidencias de las mesas directivas de los congresos de Hidalgo y el Estado de México para que determinen las sanciones adicionales a los servidores públicos involucrados.

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El magistrado Luis Espíndola, al exponer el caso, enfatizó la importancia de respetar los tiempos establecidos por la Constitución para llevar a cabo actividades gubernamentales y electorales. “La Constitución nos delimita eso, y es fundamental para mantener la equidad y justicia en el proceso electoral”, destacó.

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