ARTÍCULO 19 exige frenar el uso de procesos judiciales contra Vanguardia y su director Armando Castilla
La organización internacional dedicada a la defensa de la libertad de expresión compartió su interés por la situación de Vanguardia, alertando a nivel global sobre los riesgos de presiones
ARTÍCULO 19 México y Centroamérica llamó a detener el uso de procesos judiciales como mecanismos de presión y represalia en contra del medio de comunicación VANGUARDIA y su director, Armando Castilla, y exigió el respeto irrestricto al principio de objetividad que debe regir la actuación de las autoridades investigadoras.
La organización manifestó su posicionamiento tras la detención de Armando Castilla, ocurrida el 9 de enero de 2026, derivada de una orden de aprehensión dictada por un Juez de Control a solicitud de la Fiscalía General del Estado de Nuevo León (FGE Nuevo León).
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De acuerdo con la información documentada por ARTÍCULO 19, la detención se inscribe en un conjunto de acciones judiciales que se relacionan con presuntas represalias por publicaciones realizadas por VANGUARDIA en 2016 sobre la detención de un exgobernador de Coahuila en España.
Tras la publicación de dicha cobertura “el medio ha sido víctima de una serie de procesos judiciales en su contra. Entre los elementos más graves de esta estrategia de acoso jurídico destaca la existencia de un juicio mercantil iniciado en Coahuila, juicio en el cual está contemplado el embargo del medio y posterior adjudicación.”
“Este proceso ha estado marcado por irregularidades y contradicciones, motivo por el cual fue atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en noviembre de 2025. De manera llamativa, un mes después, en diciembre de 2025, una persona emparentada con el exgobernador, cuyos datos se reservan en atención a la estrategia jurídica por parte de la defensa del medio, presentó una querella por el presunto delito de fraude ante la FGE Nuevo León”, señaló la organización.
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ARTÍCULO 19 DESTACA IRREGULARIDADES EN CASO VINCULADO CON LA DETENCIÓN DEL DIRECTOR DE VANGUARDIA
ARTÍCULO 19 informó que tuvo acceso a la denuncia presentada ante la FGE Nuevo León y detectó diversas irregularidades en la integración de la carpeta de investigación. Según la organización, la denuncia se sustenta en hechos considerados inverosímiles, carece de requisitos de procedibilidad, no cuenta con documentos base y se apoya únicamente en el testimonio de un notario que mantiene un vínculo laboral con el exgobernador de Coahuila.
A pesar de estas deficiencias, la Fiscalía solicitó al Poder Judicial una orden de aprehensión para la audiencia inicial en contra de Armando Castilla, la cual fue concedida y ejecutada.
Un día después de su detención, el 10 de enero de 2026, Armando Castilla fue puesto en libertad. De acuerdo con ARTÍCULO 19, la defensa acreditó la falta de elementos para sostener la imputación y demostró que, al momento en que presuntamente ocurrieron los hechos relacionados con el supuesto fraude, el periodista se encontraba fuera del país.
Este hecho evidenció, según la organización, inconsistencias relevantes en la acusación presentada por la autoridad investigadora.
TEMOR A UN POSIBLE ESCALAMIENTO DE ACOSO JUDICIAL
En entrevista con ARTICULO 19, Armando Castilla expresó su preocupación ante un posible escalamiento del asedio judicial, que podría incluir la fabricación de nuevos delitos con el objetivo de generar desprestigio, afectar financieramente al medio de comunicación o extender las represalias a su entorno familiar.
El periodista señaló que, a su consideración, el poder político y las redes de influencia del exgobernador continúan operando en diversas entidades del país, incluido el estado de Nuevo León. Asimismo, indicó que en días recientes ha recibido, a través de familiares, mensajes con amenazas implícitas sobre nuevas acciones legales en su contra.
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SEÑALAMIENTOS SOBRE VIOLACIONES A LA DEBIDA DILIGENCIA
ARTÍCULO 19 identificó lo que calificó como violaciones graves a la debida diligencia y al principio de objetividad, principios establecidos en el artículo 20, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en el artículo 8.2.c de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y en los artículos 128 y 129 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Estos ordenamientos obligan al Ministerio Público a conducir las investigaciones de manera objetiva, exhaustiva e imparcial. Para la organización, el uso del sistema penal en las condiciones descritas refuerza la hipótesis de un uso indebido del derecho penal con fines de intimidación, lo cual resulta incompatible con los estándares nacionales e internacionales en materia de libertad de expresión.
PREOCUPACIÓN POR EL IMPACTO EN LA LIBERTAD DE PRENSA
ARTÍCULO 19 expresó su preocupación por el uso de procesos judiciales y ministeriales en contra de medios de comunicación y periodistas, al considerar que estas prácticas buscan silenciar, inhibir el ejercicio periodístico y generar autocensura.
En el caso de VANGUARDIA, la organización señaló que las acciones emprendidas constituyen una represalia directa por haber documentado y difundido información de interés público relacionada con un exfuncionario de alto nivel.
“ARTÍCULO 19 expresa su profunda preocupación por el uso de procesos judiciales y ministeriales contra medios de comunicación y periodistas, práctica que busca silenciar, inhibir y generar autocensura. En este caso, las acciones emprendidas contra Vanguardia constituyen una represalia directa por haber documentado y difundido información de alto interés público relacionada con un exfuncionario de alto nivel.”
ARTÍCULO 19 LANZA LLAMADO A LAS AUTORIDADES
Ante este contexto, ARTÍCULO 19 realizó dos llamados específicos. Principalmente, solicitó a la Visitaduría General de la Fiscalía General del Estado de Nuevo León llevar a cabo una investigación interna exhaustiva para determinar la responsabilidad de los agentes del Ministerio Público que integraron la carpeta de investigación, solicitaron la orden de aprehensión y promovieron la vinculación a proceso de Armando Castilla, verificando el cumplimiento de los principios de objetividad y debida diligencia.
Segundo, pidió al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas analizar el contexto de riesgo del medio VANGUARDIA y de su director, derivado del acoso judicial reiterado, y otorgar medidas de protección adecuadas, eficaces e integrales.
En esta ocasión exponemos el caso de una persona de Vanguardia que fue víctima de esta red; sin embargo, nuestro fin es poner luz en una situación que viven a diario decenas de personas y cuyas voces, lamentablemente, todavía no han sido escuchadas.
¿Conoces a alguien que haya vivido algo similar? Cuéntanos en este post.