Corte avala registro de antecedentes por delitos graves en constancias de no antecedentes penales

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/ 14 enero 2026

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El pleno de la Suprema Corte resolvió que no vulnera derechos humanos ni principios como la reinserción social

CDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó este miércoles que la expedición de la Constancia de Antecedentes No Penales que incorpora la mención de una sentencia condenatoria por delitos graves no constituye una vulneración de derechos humanos, entre ellos los de igualdad, no discriminación, protección de datos personales o acceso a la información, ni del principio de reinserción social.

El pleno de la Corte resolvió, con una mayoría de seis votos contra tres, el amparo en revisión 637/2023, que fue promovido por un ciudadano originario de Sonora tras cumplir una sentencia de seis años y tres días por el delito de tráfico de personas. El recurrente argumentó que el hecho de que su condena apareciera en la constancia le impedía conseguir empleo y vulneraba sus datos personales.

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El ministro ponente, Arístides Rodrigo Guerrero García, planteó que la conservación de antecedentes penales para delitos graves es una práctica legítima cuando así lo exige la función o actividad a desempeñar y que los datos incluidos en la constancia son necesarios para fines constitucionales, como la investigación de hechos delictivos y la seguridad pública.

De acuerdo con la decisión mayoritaria, la inclusión de una sentencia por delito grave en la constancia no impide que la persona pueda insertarse en la vida productiva del país, emprender un negocio o desempeñar otras funciones, siempre que cumpla con los requisitos legales y no incurra en nuevos ilícitos.

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En su voto en contra, los ministros Yasmín Esquivel Mossa, Giovanni Azael Figueroa Mejía y Hugo Aguilar Ortiz expresaron inquietudes sobre el impacto que el registro de antecedentes puede tener en la reinserción social de quienes ya cumplieron su pena, argumentando que podría prolongar una estigmatización jurídica y social.

La controversia estudiada reflejó un debate jurídico sobre el equilibrio entre la protección de derechos personales y la necesidad del Estado de conservar información relevante para la seguridad y la administración de justicia, particularmente en casos de delitos graves. Con información de Excélsior

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Carlos Eduardo Martínez Mirón (1992), editor y escritor con experiencia en diversos medios informativos, colaborando en las secciones de negocios, tecnología, internacional, entre otros. Ha trabajado como corrector y coeditor en proyectos editoriales tanto científicos como culturales, además de publicar obra propia y colaborar como ghost writter en títulos a nivel nacional.

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