Hombre que acudió a la marcha del 8M de Tlaxcala fue exhibido y expulsado por deudor alimentario
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Con el torso descubierto, los ojos vendados y la frase “Me callo para que ellas hablen” pintada en la espalda y “No machismo x mexicano” en el pecho
Durante la manifestación del Día Internacional de la Mujer, este 8 de marzo, un hombre que se integró a las marchas en Tlaxcala, quien pretendiendo mostrarse como aliado de la causa feministas, fue confrontado y exhibido por una mujer como deudor alimentario.
Con el torso descubierto, los ojos vendados y la frase “Me callo para que ellas hablen” pintada en la espalda y “No machismo x mexicano” en el pecho, el individuo participaba en el contingente acompañado por una mujer, presuntamente su novia, quien lo llevaba atado de manos con una cuerda.
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Aunque la acción de la pareja causó en un principio admiración y ser una puesta para acallar ante las voces de las mujeres; al llegar a la explanada del Palacio de Gobierno de Tlaxcala, una mujer lo increpó públicamente, señaló que el hombre ha evadido el pago de la pensión alimenticia de su hijo de nueve años y que ella ha mantenido la batalla legal en los juzgados durante año, momento que terminó viralizándose.
”Tiene un hijo conmigo. ¿Sabes cuántos años tiene?, nueve. ¿Sabes cuántos años llevo peleando en juzgado”, dijo la mujer. “P*t*, m*r*c*n”, refutó ante las decenas de mujeres de las que participaron en la marcha.
Ante la denuncia de violencia económica, como vicaria por parte del sujeto a la madre manifestante, las asistentes a la marcha expulsaron al sujeto del lugar al grito de “fuera, fuera”, aún cuando el supuesto aliado de la lucha feminista trató de justificarse.
El incidente fue captado en video por las presentes y se ha vuelto viral en redes sociales como un ejemplo de las contradicciones de supuestos aliados que ejercen violencia contra las mujeres en el ámbito privado.
El hecho expone que estos apoyo que dicen ser “aliados”, pero que siguen sin deconstruirse y perpetrar las violencias que sufren las mujeres en todos los ámbitos, forma parte del problema estructural del patriarcado.
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TENDEDEROS DE AGRESORES Y DEUDORES ALIMENTARIOS SON LEGÍTIMOS
En el marco del Día Internacional de la Mujer, cada 8 de marzo organizaciones y colectivas feministas en distintas ciudades del país convocan a mujeres a participar en los llamados tendederos de agresores y deudores alimentarios, espacios donde se les exhiben de manera pública.
Estas acciones suelen realizarse tanto en redes sociales como de forma física durante las marchas feministas. Sin embargo, muchas mujeres optan por no participar por temor a represalias o a las consecuencias de denunciar públicamente a sus agresores.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió en 2025 resoluciones que reconocen la legitimidad de estos mecanismos de denuncia pública; ese mismo año, un tribunal colegiado determinó que estas prácticas constituyen un mecanismo de visibilización de la violencia de género y un ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
Los tendederos de denuncia han surgido como herramientas colectivas que permiten a víctimas visibilizar la violencia que suele permanecer en el ámbito privado, romper el silencio provocado por el miedo o la revictimización y generar conciencia social sobre la magnitud del problema.
Colectivos feministas lanzan una convocatoria previo a la marcha del 8 de marzo, para que mujeres envíen denuncias de forma anónima contra agresores o deudores alimentarios. Las fotografías con los nombres de los agresores y deudores se muestran de manera física durante la marcha y posteriormente son quemados en una hoguera simbólica al concluir la manifestación.
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VIOLENCIA VICARIA
La violencia vicaria se define como “los actos u omisiones que tienen por objeto causar daño a las mujeres a través de sus hijas o hijos, familiares o personas allegadas”.
Las conductas asociadas con la violencia vicaria abarcan diversas acciones, como:
- Amenazar con causar daño a las hijas e hijos;
- Amenazar con ocultar, retener, o sustraer a hijas e hijos fuera de su domicilio o de su lugar habitual de residencia;
- Utilizar a hijas y/o hijos para obtener información respecto de la madre;
- Promover, incitar o fomentar actos de violencia física de hijas y/o hijos en contra de la madre;
- Promover, incitar o fomentar actos de violencia psicológica que descalifiquen la figura materna afectando el vínculo materno filial;
- Ocultar, retener o sustraer a hijas e hijos, así como a familiares o personas allegadas;
- Interponer acciones legales con base en hechos falsos o inexistentes, en contra de las mujeres, para obtener la guarda y custodia, cuidados y atenciones o pérdida de la patria potestad de las hijas e/o hijos en común;
- Condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias a las mujeres y a sus hijas e hijos.
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Las reformas establecen que la violencia vicaria se sancionará con una pena de prisión de uno a cinco años.
Además, las reformas establecen una serie de medidas de protección para las víctimas de violencia vicaria, entre las que se encuentran:
- Atención especializada, asesoría jurídica y tratamiento psicológico gratuito;
- Prohibición de que la atención a las víctimas y agresores sea proporcionada por la misma persona y en el mismo lugar;
- Consideración de la violencia vicaria como causal de divorcio, pérdida de patria potestad y restricciones en régimen de visitas;
- Condena de la persona agresora a participar en servicios reeducativos.