¿Qué son las ‘terapias de conversión’? Diputados aprobaron reforma para tipificarlas como delito
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Se busca sancionar con una condena de dos a seis años de prisión a aquellos que realicen estas prácticas para suprimir la identidad de género de una persona
Con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de reformas para tipificar las ‘terapias de conversión’.
Se busca sancionar con una condena de dos a seis años de prisión a aquella persona que realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tratamiento o práctica que suprima la orientación sexual o la identidad de género de alguna persona.
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Además, dictaron que el castigo podría ser el doble cuando las conductas referidas se apliquen a menores de 18 años, adultos mayores y personas con diferentes capacidades.
“En caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima, los que incurran en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez”, señala el texto.
Esta propuesta ya fue previamente avalada por la Cámara de Senadores.
Asimismo, se adjuntará un artículo a la Ley General de Salud, con el propósito de castigar con suspensión por tres años, o hasta la cancelación definitiva de su cédula profesional, a médicos, técnicos o auxiliares de disciplinas de la salud que practiquen dichas terapias.
FUNCIONARIOS EN DESACUERDO POR EL DICTAMEN CONTRA TERAPIAS DE CONVERSIÓN
Diputadas de Morena, PRI y Movimiento Ciudadano pidieron discutir y votar, en la sesión de hoy, el dictamen contra los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig), mejor conocidas como ‘terapias de conversión’.
Ante esto, Teresa Castell, diputada en la bancada del PAN defendió que esta reforma limita la libertad de los padres para educar a sus hijos con los valores ‘tradicionales’ de la familia.
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“No podemos prohibirle absolutamente a ninguna persona que tome la terapia que desea, sea para ir hacia un lado o sea para ir para el otro, es una decisión personal, pero aquí no se puede prohibir absolutamente a nadie, porque es prohibir la libertad, pero también dejar a los padres en grave riesgo y a los profesionales de la salud, a los ministros de culto en total indefensión para que puedan ser llevados a la cárcel, de dos a cuatro años”, advirtió.
PERO, ¿QUÉ SON LAS ‘TERAPIAS DE CONVERSIÓN’?
Las llamadas ‘terapias de conversión’ son usadas como un término general para describir intervenciones de una naturaleza muy amplia, las cuales tienen en común la creencia de que la orientación sexual o la identidad de género debe y puede cambiarse.
Se aplican mayormente a personas que se identifican o pertenecen a la comunidad LGBT+. Dependiendo del contexto, el término se usa para una multitud de prácticas y métodos, algunos de los cuales son clandestinos.
Años atrás, en el 2012, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) señaló que las ‘terapias de conversión’ no tenían justificación médica, y representan una grave amenaza para la salud y los derechos humanos.
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La Asociación Mundial de Psiquiatría también señaló que “no hay evidencia científica sólida de que se pueda cambiar la orientación sexual innata”.
Con información de Milenio.