TEPJF confirma desechamiento de queja de Morena contra MC y Álvarez Máynez por actos anticipados
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La queja señalaba presuntos actos anticipados rumbo a las elecciones de 2027 en Michoacán; el Tribunal consideró que no había indicios suficientes
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por mayoría de votos, el desechamiento de la denuncia presentada por Morena contra Movimiento Ciudadano (MC) y su coordinador nacional, Jorge Álvarez Máynez, por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, así como por una posible vulneración al principio de equidad en la contienda electoral.
Al resolver el expediente SUP-REP-71/2026, el Pleno respaldó el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE), que determinó que los elementos denunciados no aportaban indicios suficientes para continuar con el procedimiento especial sancionador.
La resolución fue aprobada a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, quien sostuvo que la autoridad electoral realizó un análisis preliminar de los hechos y las pruebas disponibles, sin emitir una determinación definitiva sobre la legalidad de las conductas señaladas.
¿POR QUÉ MORENA DENUNCIÓ A MOVIMIENTO CIUDADANO Y A ÁLVAREZ MÁYNEZ?
La queja de Morena se originó por dos publicaciones difundidas en las redes sociales de Jorge Álvarez Máynez y por el promocional televisivo “MICHOACÁN CUENTA CON MOVIMIENTO CIUDADANO”, transmitido en los tiempos oficiales del partido.
Morena argumentó que los materiales formaban parte de una presunta estrategia progresiva de asociación y posicionamiento electoral anticipado de Movimiento Ciudadano en Michoacán, con miras al proceso electoral de 2027.
Según el partido denunciante, las publicaciones y el promocional buscaban construir una narrativa pública de respaldo y cercanía entre MC y el denominado “Movimiento del Sombrero”, relacionado con Carlos Manzo.
A partir de estos señalamientos, Morena solicitó medidas cautelares para retirar las publicaciones de redes sociales y suspender la difusión del promocional televisivo.
INE DESECHÓ LA QUEJA POR FALTA DE INDICIOS DE ACTOS ANTICIPADOS
La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral realizó diligencias preliminares, certificó los materiales denunciados y solicitó información relacionada con el promocional televisivo antes de resolver sobre la admisión de la queja.
Tras revisar los elementos disponibles, la UTCE determinó desechar la denuncia al considerar que las expresiones cuestionadas no contenían llamados explícitos o implícitos al voto, no promovían una candidatura concreta ni presentaban una plataforma electoral.
La autoridad también estimó que los mensajes podían entenderse, en su contexto, como manifestaciones de solidaridad y posicionamientos políticos relacionados con Carlos Manzo y el Movimiento del Sombrero.
Como consecuencia del desechamiento, la unidad determinó que no había lugar a emitir un pronunciamiento sobre las medidas cautelares solicitadas por Morena.
TEPJF DESCARTA FALTA DE EXHAUSTIVIDAD EN EL ANÁLISIS DEL INE
Morena impugnó el acuerdo de la UTCE y solicitó al Tribunal Electoral revocarlo, ordenar la continuación del procedimiento y resolver sobre las medidas cautelares.
Entre sus argumentos, sostuvo que la autoridad electoral no había analizado de manera integral los hechos denunciados, pues estudió por separado las publicaciones y el promocional sin considerar que, en conjunto, podrían constituir una estrategia de posicionamiento electoral anticipado.
Sin embargo, la Sala Superior consideró infundado ese planteamiento. A partir del análisis conjunto de los materiales, concluyó que las expresiones podían interpretarse como muestras de solidaridad y opiniones emitidas dentro del debate político, sin indicios suficientes de una estrategia de posicionamiento electoral anticipado.
El Pleno también rechazó el argumento de Morena sobre una supuesta aplicación indebida del estándar indiciario necesario para admitir un procedimiento especial sancionador.
De acuerdo con la resolución, los razonamientos de la UTCE correspondieron a una valoración preliminar de los hechos y las pruebas, sin implicar un análisis definitivo sobre la responsabilidad de los denunciados.
SALA SUPERIOR CONFIRMA EL ACUERDO DE LA UTCE
Al desestimar los agravios presentados por Morena, la Sala Superior confirmó el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE.
Con esta decisión, se mantiene el desechamiento de la queja contra Movimiento Ciudadano y Jorge Álvarez Máynez por los presuntos actos anticipados de precampaña y campaña relacionados con publicaciones en redes sociales y un promocional televisivo sobre Michoacán. La resolución corresponde al expediente SUP-REP-71/2026 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.