Terapias de conversión se castigarán hasta con cinco años de prisión en Nuevo León
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Esta práctica consta en hacer uso de la violencia física y emocional para “cambiar” la orientación sexual de una persona.
Con la intención de proteger a la comunidad LGBTTTIQ+, el pleno del Congreso Local votó por unanimidad reformar el artículo 204 del Código Penal del Estado de Nuevo León, para sancionar las terapias de conversión a la fuerza o con engaño con 2 a 5 años de prisión.
Las reformas aprobadas fueron impulsadas por la diputada Iraís Reyes (MC) y la independiente Jessica Martínez, donde piden que se sancionen las terapias cuyo fin es modificar u anular la orientación sexual o de género de una persona en contra de su voluntad.
Para llevar a cabo estas prácticas, se ha llegado a hacer uso de la fuerza mediante violencia física y emocional.
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Iraís Reyes aseguró que la homosexualidad no es una enfermedad, mucho menos la identidad de género. Con la aprobación de su reforma, alegó que Nuevo León está avanzando a favor de la diversidad y de las personas más vulnerables.
“La Organización Panamericana para la Salud señaló que este tipo de terapias carecen de toda justificación médica, y que estas representan una amenaza para la salud y los derechos humanos de sus víctimas”, plantean.
“A su vez, en el 2015 la Asociación Mundial de Psiquiatría llegó a la conclusión de que no existen pruebas científicas o sólidas de que puedan cambiar la orientación sexual”.
En la reforma, se recuerda que la terapia de conversión es un mecanismo de tortura con “tendencias medievales”. Abogan porque cada persona tenga derecho a vivir su vida en libertad, “donde se encuentre desprovista de todo tipo de violencia”.
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