Rebasan alimentos procesados límite legal de grasas trans en México
La investigación advierte diferencias entre lo reportado en etiquetas y lo detectado en análisis de laboratorio
CDMX.- El Instituto Nacional de Salud Pública detectó que al menos 25% de alimentos procesados analizados en México contiene niveles elevados de ácidos grasos trans, cuyo consumo se asocia con mayor riesgo de diabetes tipo 2, colesterol alto y enfermedades cardiacas.
El estudio revisó 20 tipos de alimentos de alto consumo en el país y concluyó que parte de la industria incumple la normatividad aplicable sobre el contenido permitido de ácidos grasos trans.
La Ley General de Salud establece que este tipo de productos debe contener menos de 2% de ácidos grasos trans, pero los investigadores encontraron niveles superiores en artículos como manteca vegetal Inca, frijoles refritos Isadora negros, Doritos Nachos y aceite vegetal 123.
El análisis también identificó que una hamburguesa Whopper con queso de una cadena internacional superó el límite de 2% de forma global y alcanzó 3.32% en muestras específicas recolectadas en Hermosillo, Sonora.
El INSP señaló que dos de cada tres productos reportaron en sus etiquetas nutrimentales una cantidad menor de ácidos grasos trans a la identificada mediante pruebas de laboratorio.
La investigación ubicó diferencias entre etiqueta y laboratorio en productos como galletas Marías de Gamesa, margarina Aurrerá, margarina Primavera, Doritos Nachos y sustitutos de crema en polvo.
El estudio encontró que 19% de los productos analizados reportó cero contenido de ácidos grasos trans en sus etiquetas nutrimentales, por lo que no presentó el sello de advertencia correspondiente.
La investigadora Claudia Ivonne Ramírez afirmó que esos productos sí contienen dicho ingrediente y en cantidades relevantes, por lo que llamó a fortalecer la vigilancia del etiquetado y del cumplimiento legal.
El INSP advirtió la necesidad de reforzar la regulación, el monitoreo y la supervisión del contenido de ácidos grasos trans en alimentos, con el fin de garantizar el cumplimiento de la Ley General de Salud y de la Norma Oficial Mexicana 051.