Ministra de la SCJN desata polémica al afirmar que nacidos in vitro no pertenecen a familias
Pidió no sacar de contexto sus declaraciones, asegurando que la expresión sólo tuvo un “carácter ilustrativo”
La ministra María Estela Ríos González desató una polémica para la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) este martes 10 de marzo, cuando afirmo que podría estimarse que las personas que hayan nacido in vitro, es decir, mediante reproducción asistida, no forman parte de la familia.
En sesión del Pleno de la SCJN, ministros y ministras discutían un proyecto de Arístides Guerrero García, que busca determinar que las mujeres víctimas de violencia por razón de género, en el Estado de Chihuahua, tienen derecho a ser atendidas exclusivamente por una Fiscalía Especializada.
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El asunto tiene su origen a finales de 2021, cuando el Congreso de Chihuahua aprobó reformas a fin de que la Fiscalía Especializada para atender a mujeres víctimas de violencia atendiera también a la familia.
Con estas reformas permitían que la Fiscalía Especializada tuviera ciertas facultades respecto a los Centros de Justicia para las Mujeres en la entidad.
Sin embargo, Guerrero García explicó que los legisladores locales consideraron que las modificaciones representaban un retroceso en la protección y garantía de los derechos de las mujeres.
“Si bien las demás personas que son parte de la familia tienen derecho a ser atendidas por personal calificado, es importante que se cuente con una Fiscalía que solo atienda a mujeres víctimas de violencia”, estima el proyecto del ministro ponente, que invalida las normas que extendían esta competencia a “la familia”.
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¿QUÉ DIJO LA MINISTRA?
No obstante, la ex Consejera presidencial de Andrés Manuel López Obrador, quien se manifestó en contra del proyecto, dijo que la propuesta es omisa es considerar que al fortalecer la puerta de entrada a atender la violencia familiar beneficia a las mujeres.
“Niños, niñas y adolescentes son víctimas colaterales frecuentes de la violencia de pareja, por lo que un diseño integrado que permita medidas simultáneas materializa el interés superior de la niñez”, expresó en sesión del Pleno.
Según la ministra, las normativas que se propone invalidar aceleran medidas de protección y refuerzan el acceso a las mujeres a la justicia, debido a que la violencia intrafamiliar la sufren mayoritariamente las mujeres.
“Puedo reconocer que hay hombres víctimas de violencia, pero la mayor proporción se da en contra de las mujeres”, añadió.
Sin embargo, más adelante desató polémica por afirmar, al refrendar su voto en contra, que la violencia puede darse en el ámbito familiar y que no hay un estereotipo de las mujeres cuando se habla de la familia.
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“Salvo quien haya nacido in vitro, a lo mejor podríamos estimar que no forma parte de la familia, pero mujeres y hombres formamos parte de la familia”, comentó.
En su argumentación, pidió que la protección a la mujer no se reduzca exclusivamente al ámbito personal e individual, ya que “la agresión no se sufre solo en el trabajo o el trayecto o en función de su situación de vulnerabilidad individual, sino que también puede darse y se da dentro de la familia”.
“La violencia y los estereotipos se van a dar con independencia de si está o no dentro de la familia, por eso me parece correcto que se incorpore el tema de la familia. Si no la ha vivido alguien: qué bueno que así sea, pero hay muchas mujeres jóvenes que han sufrido ese tipo de condiciones”, resaltó.
No obstante, el proyecto no contó con los votos mínimos suficientes para invalidar la norma, debido a que sólo fue avalado por el ministro ponente Arístides Guerrero García, el presidente Hugo Aguilar Ortiz y Lenia Batres Guadarrama. Por ende, la Fiscalía Especializada mantendrá su facultad a atender a las familias.
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PIDE “NO SACAR DE CONTEXTO”
Tras haber afirmado en sesión del pleno de la SCJN que las personas nacidas in vitro no forman parte de la familia, la ministra pidió no sacar de contexto sus declaraciones.
En una nota aclaratoria publicada en sus redes, aseguró que la expresión sólo tuvo un “carácter ilustrativo” en el razonamiento específico que se exponía, sin que su finalidad fuera cuestionar la pertenencia familiar ni los derechos de las personas nacidas mediante técnicas de reproducción asistida.
Ríos González señaló que el sentido de dicho argumento fue destacar que la violencia contra las mujeres puede presentarse en diversos ámbitos, incluido el familiar, tal como lo reconoce el artículo segundo de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
“De ahí que mi afirmación fue que todas las personas, incluidas las mujeres, forman parte de una familia y de un entorno social en el que pueden presentarse dinámicas de violencia en su contra deben ser visibilizadas y atendidas por el Estado”, agregó.
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María Estela Ríos subrayó que su intervención en el Pleno estuvo dirigida a enfatizar la importancia de reconocer que la violencia de género en contra de las mujeres no se limita a una circunstancia aislada de la comunidad.
En su nota, reiteró que la violencia puede presentarse dentro del ámbito familiar, problemática que exige que las instituciones del Estado mantengan mecanismos de protección amplios para la defensa integral de las víctimas y eliminar “cualquier tipo de violencia que se genere en contra de todas nosotras”.
La ministra aclaró que esta expresión se dijo durante la discusión del proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 154/2021, bajo la ponencia de Arístides Guerrero García, donde se analizó la constitucionalidad del artículo tercero de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, que establece la denominación de Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y a la Familia en dicha entidad.
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¿QUÉ ES LA FECUNDACIÓN IN VITRO?
De acuerdo con Medline Plus, la fecundación in vitro (FIV) es un procedimiento médico de reproducción asistida en el que el óvulo de una mujer se une con el espermatozoide de un hombre fuera del cuerpo, generalmente en un laboratorio.
A diferencia de la concepción natural, en la que la fecundación ocurre dentro del organismo femenino, en la FIV el embrión se forma en condiciones controladas y posteriormente se transfiere al útero, donde puede implantarse y desarrollarse el embarazo.
La fecundación in vitro se utiliza para tratar diferentes causas de infertilidad, entre ellas:
- Edad materna avanzada;
- Trompas de Falopio obstruidas o dañadas;
- Endometriosis;
- Problemas de fertilidad masculina, como bajo conteo de espermatozoides;
- Infertilidad inexplicable;
- Síndrome de ovario poliquístico.
En muchos casos, este procedimiento representa una de las alternativas más eficaces para lograr un embarazo cuando otros tratamientos menos complejos no han funcionado.