Revisará la Corte posible comisión para el caso Ayotzinapa
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Avaló examinar si debe o no instalarse la Comisión de Investigación para la Verdad y Justicia del Caso Iguala
CDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló revisar si debe o no instalarse la Comisión de Investigación para la Verdad y Justicia del Caso Iguala, cuya creación es considerada por la Fiscalía General de la República (FGR) como un atentado al debido proceso.
Por unanimidad de ocho votos, sin la Ministra Sara Irene Herrerías, quien se declaró impedida a votar, la Corte aceptó atraer el caso propuesto por la presidenta Claudia Sheinbaum para que analice el recurso de revisión extraordinario 318/2018 y sus relacionados dictados por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, correspondiente a Tamaulipas.
“En una sentencia dictada en un juicio de amparo en el que se reclamó un auto de formal prisión por el delito de desaparición forzada de personas, ¿es válido que también se ordene la creación de una comisión de la verdad como mecanismo extraordinario de investigación, o ello vulnera los principios de relatividad y división de poderes”, indica el tema de la Solicitud de la Facultad de Atracción (Sefa) 331/2026.
AMPARO CONCEDIDO EN 2018
El caso tiene que ver con el amparo concedido en 2018 por el Colegiado de Tamaulipas, en el que ordena crear la comisión especial con personal ajeno a la FGR para asumir la indagatoria y el ejercicio de la acción penal en el caso de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa desaparecidos en septiembre de 2014.
Esa resolución afirma que sólo las víctimas y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) decidirán las líneas de investigación y las pruebas que deberán desahogarse.
El 26 de enero pasado, en cumplimiento a esa sentencia de amparo, el Tribunal Colegiado de Apelación de Tamaulipas requirió a Ernestina Godoy, titular de la FGR, y a los padres de los 43 normalistas, para que nombren a sus representantes ante el inédito organismo.
Sin embargo, la Fiscalía manifestó que existe la imposibilidad jurídica de designar a su representante en la nueva comisión y solicitó a la Corte ejercer su facultad de atracción para resolver este asunto en forma inapelable.
“Designar agentes del Ministerio Público de la Federación a fin de que integren la Comisión... implicaría un rompimiento de la unidad ministerial para ejercer facultades no previstas en la Constitución General y las leyes que rigen el actuar del Ministerio Público de la Federación”, expuso la FGR en un oficio de su director de Amparo, Rodolfo Dillanes Ramírez.
“De lo que se advierte que, de las actuaciones ministeriales que llegaren a desarrollar en dicha Comisión, serían contrarias a los principios de legalidad establecidos, en la propia norma constitucional, y que como ya se manifestó, necesariamente traería como consecuencia un atentado al derecho del debido proceso”.
¿QUÉ IMPLICA LA COMISIÓN DE LA VERDAD?
Dillanes afirmó que la Comisión de la Verdad permitiría la intervención de órganos o personas carentes de competencia constitucional en actos propios de la investigación, pondría en riesgo tanto el desarrollo de la indagatoria como la integridad física de la representación de las víctimas y significaría una transgresión a las facultades constitucionales como el monopolio del ejercicio de la acción penal, conferido exclusivamente al Ministerio Público.
La Ministra Herrerías se declaró impedida de votar el tema, pues la investigación penal del caso está radicada en la Unidad Especial de Investigación y Litigación para el caso Ayotzinapa, adscrita a la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos, de la que fue titular.
Una vez atraído el caso, será turnado a alguno de los Ministros y Ministras para que presenten un proyecto de resolución y se ponga a votación.
Al inicio de la sesión de hoy, se anunció que se dejaba en espera otra Sefa relacionada con el caso Ayotzinapa, la número 222/2026, en la que familiares de los 43 solicitan que se analice si es posible revertir el beneficio de libertad que un Juzgado concedió a un militar presuntamente involucrado en la desaparición.
Si lo atrae, la Corte deberá determinar si las víctimas indirectas de un caso de desaparición forzada deben ser reconocidos como parte interesada y se les debió llamar a las víctimas indirectas para participar y decidir respecto en el cambio de medidas cautelares.