Cuando la justicia falla y las violencias contra las mujeres imperan, colectivas feministas impulsan nuevas normativas
Los logros de la lucha feminista en México no solo se remonta al derecho al voto, la despenalización del aborto y la tipificación del feminicidio, en los últimos años diversas leyes se han creado gracias al feminismo que busca proteger la dignidad, privacidad e integridad de las personas, así como la prevención, justicia y reparación del daño.
Sin embargo, su creación fue previa a crimenes que impactaron en la sociedad mexicana o como respuesta a la omisión de justicia en México y la revictimización de las afectadas.
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LEYES IMPULSADAS POR Y PARA MUJERES
- Ley Olimpia:
Cuando Olimpia Coral Melo tenía 18 años, en 2014, en su municipio Huachinango, Puebla, se difundió sin su consentimiento un video sexual grabado por su exnovio, en las imágenes solo ella era indentificable, fue tal su difusión que un periódico local publicó su fotografía, lo que catapultó esta violación a la intimidas sexual a nivel nacional.
Durante meses, Olimpia padeció acoso digital lo que afectó sus estudios y su salud mental; sin embargo, esta situación la llevó a fundar en 2019 el Frente Nacional para la Sororidad, una colectiva feminista apartidista y sin fines de lucro que lucha contra la violencia de género y redactar la Ley Olimpia.
Penaliza la difusión no consentida de contenido íntimo, sexual o erótico en medios digitales, con penas de 3 a 6 años de prisión, además de una multa que va de los 54 mil a los 108 mil pesos, a quienes cometan delitos relacionados con la violencia digital como la difusión en internet de fotos y videos con contenido íntimo sin consentimiento de las personas implicadas.
Además reconocer la violencia digital y sancionan los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales como internet.
Recientemente, se ha llevada a la mesa el buscar incluir a las imagenes creadas con Inteligencia Artificial (IA), monitores que en los últimos meses ha propagado más la violencia contra las mujeres cuando agresores piden a las IA’s modificar fotografías, hasta crear videos deepfake, de contenido sexual como es el caso de Grok, de la red social X o el exalumno del Insituto Politécnico Nacional (IPN) acusado de violencia digital con inteligencia artificial en contra de sus compañeras y quien fue sentenciado a cinco años de prisión por el delito de trata de personas en su modalidad de pornografía infantil, pero por la creación de material íntimo no ha sido juzgado.
Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos,Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas han aprobado la Ley Olimpia.
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- Ley Ingrid:
El caso de Ingrid Escamilla fue cúspide en el feminismo mexicano, el 9 de febrero de 2020 dentro de un departamento de la Ciudad de México, la joven mujer fue brutalmente asesinada por su pareja sentimental, Erick Francisco Robledo, pero el infierno que atravesó Ingrid siendo una mujer en México no terminó con su muerte.
La escena del crimen, aquel departamento donde el feminicida confeso privó despiadadamente de la vida a su víctima, en lugar de quedar bajo resguardo de las autoridades capitalinas, se convirtió en objeto de morbo.
Las fotografías explícitas de Ingrid sin vida fueron filtradas por agentes de la Fiscalía General de Justicia de la CDMX. Medios de comunicación de nota roja rápidamente retomaron la noticia, con todo e imágenes de los restos de la mujer, aludiendo al amarillismo periodístico.
Protege la dignidad y privacidad de víctimas de delito, sancionando la difusión de material sensible sobre los hechos o el hallazgo, por cualquier medio. Esto incluye: reproducir, transferir, filtrar, enviar, negociar o aportar imágenes de víctimas femeninas que hayan perdido la vida en circunstancias violentas.
Sanciona la difusión, por parte de servidores públicos o ciudadanos, de imágenes, audios o videos de víctimas de violencia (feminicidio), con penas de 2 a 10 años de cárcel, así como una multa de hasta 500 mil Unidad de Medida y Actualización (UMA).
La Ley Ingrid fue aprobada a nivel federal en México en septiembre de 2023 por el Senado de la República. Algunos estados ya han aprobado dicha ley, como Ciudad de México, Estado de México, Colima, Oaxaca, Morelos, Tabasco, Chihuahua, Chiapas, Durango, Jalisco, Puebla, Querétaro y Sonora.
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- Ley Malena:
En septiembre de 2019, María Elena Ríos fue atacada con ácido por dos hombres, acción que le provocó daños en cuerpo y rostro; sin embargo, entre cirugías para su recuperación, la saxofonista oaxaqueña se ha enfrentado a procesos judiciales plagados de irregularidades.
Impulsada por el caso de la también activista, reconoce y castiga los ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas como una forma específica de violencia de género, tipificando el delito con penas de 8 a 12 años de prisión.
La difusión del término “violencia ácida” ayudo a visibilizar un patrón de violencia grave, el enfoque legal es prevenir, sancionar con rigor y garantizar atención integral a mujeres sobrevivientes.
En varias entidades la violencia ácida se considera feminicidio en grado de tentativa cuando el ataque se realiza por razones de género.
Oaxaca, Sinaloa, Puebla, Quintana Roo, Baja California, Ciudad de México, Campeche, Guerrero, Colima, Nayarit, Hidalgo, Veracruz, San Luis Potosí, Nuevo León y Chiapas, son los estados que hasta el momento han tipificado la violencia ácida como tentativa de feminicidio. El resto de los estados aún están discutiendo en sus Congresos locales la iniciativa o ni siquiera se ha llegado a presentar en el Pleno.
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- Ley Monzón:
La abogada y activista Cecilia Monzón fue asesinada en 2022 por su expareja, el exfuncionario priista Javier López Zavala, en San Pedro Cholula, Puebla. El crimen fue cometido por dos sicarios a bordo de una motocicleta, le dispararon cuando viajaba en su camioneta.
Sin embargo, el feminicida intentó obtener la ustodia de sus hijos menores de edad, tras el crimen, pero fue sentenciado a 60 años de prisión, luego que la Fiscalía de Puebla demostró llamadas entre los culpables para planear el crimen, como represalia por las demandas de pensión alimentaria y violencia familiar que Monzón había interpuesto contra López Zavala.
El feminicidio de Cecilia conmocionó al país al exponer, una vez más, la desprotección de las mujeres que denuncian violencia de género en México, incluso cuando se trata de figuras públicas y con trayectoria profesional, como en la política.
Retira la patria potestad a los padres que cometan feminicidio o tentativa de feminicidio contra la madre de sus hijos. Esto con el objetivo de evitar que las infancias queden bajo la tutela de quien asesinó a su madre.
También contempla la creación de un fondo de apoyo económico para cubrir los gastos de manutención y educación de los hijos, brindando así asistencia a las familias que han sufrido este tipo de tragedia.
Puebla, donde ocurrió el feminicidio, fue el primer estado en aprobar la Ley Monzón, seguido de Sinaloa, Ciudad de México, Querétaro, Oaxaca, Baja California Sur, Chiapas, Colima, Estado de México y Veracruz, entre otros más.
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- Ley Vicaria:
Derivada de la violencia vicaria, acción u omisión cometida contra una mujer por parte de quien tenga o haya tenido una relación de pareja, con la intención de causarle daño mediante el uso de sus hijas e hijos, forma parte de la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia aprobada en 2023 por la Cámara de Diputados.
En este tipo de violencia se busca romper el vínculo materno-filial, generar desapego y provocar afectaciones emocionales profundas, tanto en las mujeres como en los hijos e hijas menores de edad y adolescentes.
Por lo que la Ley Vicaria tipifica la violencia ejercida a través de terceras personas (generalmente los hijos) para dañar a la madre.
Puede presentarse como: manipulación emocional, negligencia o maltrato, interferencia en la convivencia y uso del sistema juicial. Llegando a tener consecuencias pofundas como ansiedad, depresión, aislamiento social y trauma psicológico en las personas agredidas.
Recientemente el caso de Estela ha dividido opiniones, el pasado lunes 26 de enero, un juez del Poder Judicial dictó auto de vinculación a proceso contra Estela Guadalupe ‘N’, quien se convirtió en la primera mujer en Coahuila y la segunda a nivel nacional en enfrentar cargos por el delito de violencia familiar en su modalidad de violencia vicaria.
La resolución provocó una fuerte división social. Mientras asociaciones de hombres, como Padres por la Verdad, celebraron lo que consideran una aplicación equitativa de la ley, colectivas feministas y autoridades federales calificaron la decisión como una interpretación errónea que desvirtúa el sentido jurídico de esta figura penal.
El caso se originó en una relación iniciada en 2016 entre Estela y su expareja, Johnny, con quien tuvo dos hijos, actualmente de 7 y 5 años. Tras su separación en 2021, Estela denunció haber sido víctima de violencia psicológica y económica.
De acuerdo con su testimonio, el conflicto se agravó en diciembre de ese año, cuando permitió que los menores convivieran con su padre durante un fin de semana, pero este se negó a regresarlos y la acusó de abandono. Dicha denuncia fue desechada inicialmente por un juez.
Sin embargo, en 2023, Johnny presentó una nueva denuncia por violencia física y psicológica contra Estela, la cual derivó en la vinculación a proceso dictada esta semana.
El padre de los menores considera que “fue una audiencia imparcial” y se tomó en cuenta todos los datos que presentó. “Al final es ver por el interés superior de mis hijos”, expresó y atribuyó el logró para todos los integrantes de la asociación llamada “Padres por la Verdad”.
“Creo que es una audiencia importante para este grupo de padres del colectivo que hemos estado luchando por volver a convivir con nuestros hijos. Es algo histórico”, mencionó.
Mientras la defensa de Estela indicó que continuará en la lucha para demostrar su inocencia. “La señora Estela está tranquila al saber que hay organismos y juzgados federales que también velan por los derechos de las mujeres... está concluyendo la preparación del amparo contra el auto de vinculación”, explicó la abogada Hilda Ordóñez.
Actualmente, Estela no goza de libertad plena, ya que debe firmar periódicamente ante la autoridad mientras transcurren los dos meses establecidos para la investigación complementaria. Previamente, estuvo sujeta a arresto domiciliario.
A nivel México, se trabaja en reformas al Código Penal y a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como en la inclusión de la violencia vicaria en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
Según el el Frente Nacional contra la Violencia Vicaria, los estados con más casos reportados son Ciudad de México, Estado de México, Jalisco, Nuevo León y Veracruz, mientras que Chihuahua es la única entidad que aún no ha incorporado la violencia vicaria en su marco legal.
La mujeres que han sido víctimas de violencia vicaria no sólo buscan recuperar a sus hijos, también se han enfrentado a lagunas legales que no les permite acceder a la justicia.
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- Ley Sabina:
Diana Luz Vázquez Ruíz luchó por cuatro años para que el padre de su hija le pagara pensión alimenticia, incluso pedió demandas ante jueces que fallaron en su contra; sin embargo, si la autoridades no cumplían, ella utilizaría otras vías para visibilizar su caso.
En julio de 2021, Diana Luz junto a amigas y colectivas feministas realizaron el primer “tendedero” de deudores alimentarios en la explanada del templo de Santo Domingo en Oaxaca. Surgiendo así el movimiento de “Mamás Autónomas”, con el fin de visibilizar la violencia económica que muchas mujeres mexicanas enfrentan por los padres de sus hijos e hijas.
Conjunto de reformas para obligar a los deudores alimentarios a cumplir con el pago de pensiones y asegurar el sustento de las y los menores de edad.
Las modificacione sancionan con penas de seis meses a tres años de prisión a los deudores alimenticios que incumplan con sus pensiones alimenticias.
Aunque no está vigente en todo el país, dio pie a que el Congreso de la Unión en marzo de 2023 avalara reformas para la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios, dicho mecanismo se emplea para inscribir a personas deudoras alimentarias, con el propósito de hacerlos responsables de su obligación de dar alimentos a sus hijas e hijos, así como facilita la identificación publica de quien no cumple con obligaciones.
Congresos de los estados de Hidalgo, Morelos, Estado de México, Michoacán, Chiapas, Ciudad de México, Baja California, Puebla, Oaxaca y Guanajuato han aprobado las reformas de Ley Sabina.
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- Ley Alina:
Un policía de Tijuana, Luis Rodrigo, en 2019 llegó a casa tras consumir alcohol y sustancias ilícitas, cuando comenzó una discusión con su pareja Alina Mariel Narziso Tehuaxtle, a la que comenzó a golpear y asfixiar. Pero Alina, para salvar su vida, tomó el arma de su pareja y le disparó.
Fue condenada a 45 años de prisión por homicidio, ya que el juez del caso no consideró la acción como legítima defensa y tampoco tomó en cuenta el contexto de violencia de género en el que Alina se encontraba. Fue vista como excesiva.
Por lo que, tras tres años en prisión, el Tribunal Superior de Justicia del estado de Baja California, revisó el caso y determinó que Alina había actuado en legítima defensa, llevando a su libertad en mayo de 2023.
Busca garantizar la legítima defensa a mujeres víctimas de violencia que actúan contra sus agresores.
No se trata de una “licencia” para que las mujeres asesinen con impunidad como comenzó a circular en redes sociales tras su discusión en diversos congresos locales, es una reforma al Código Penal para tratar con perspectiva de género los casos en los que una mujer en situación de violencia, actúe en legítima defensa repeliendo la agresión y, como consecuencia de las agresiones, causen lesiones o priven de la vida a su victimario.
Actualmente solo se ha aprobado en Baja California y en Tamaulipas.
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- Ley Monse:
Montserrat Bendimes perdió la vida en un hospital de Veracruz en abril de 2021, luego de haber sido brutalmente golpeada; desde el primer momento el sospechoso fue su novio Marlon Botas, pero él escapó con ayuda de su familia.
La joven de 20 años se encontraba en compañía de su pareja cuando fue agredida y los padres de su feminicida fueron quienes la llevaron al hospital, la dejaron ahí, mientras que Jorge “N” y Diana “N” dieron distintas versiones sobre lo ocurrido, ambos fueron procesados por omisión de auxilio.
El caso volvió a causar indignación cuando en julio de 2023, la Fiscalía de Veracruz informó que un juez de control les concedió la suspensión condicional del proceso, permitiendo que quedaran en libertad con algunas condiciones; por su parte, Marlon se entregó en la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Xalapa en junio de 2022, tras haber estado prófugo durante un año dos meses.
Busca el acceso a la justicia y el debido proceso en caso de encubrimiento y ayuda para evadir la justicia a probables responsables (protección, traslado, ocultamiento, apoyo en fuga), esto tras el caso de Monserrat Bendimes en 2021.
Elimina la excusa absolutora para familiares o amigos que encubren a los responsables de feminicidio por lazos de amor o afinidad.
Entre las sanciones, se estipulan penas de prisión a quien encubra o facilita la evasión de responsabilidades con agravantes, según el vínculo o la participación de los imputados.
A cuatro años del feminicidio, Veracruz por fin aprobó la Ley Monse, anteriormente se había aprobado en Ciudad de México, Oaxaca, y Morelos.
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- Ley Abril
Abril Pérez Sagaón, de 46 años, viajaba rumbo al Aeropuerto de la Ciudad de México junto a sus hijos y el abogado de la familia cuando recibió disparos de arma de fuego por dos personas a bordo de una motocicleta.
Había sido víctima de su esposo, Juan Carlos García, ex director de Amazon México ya que la celaba, la acosaba y controlaba sus salidas, un día intentó degollarla con una navaja y la golpeó con un bate mientras dormía. Fue vinculado a proceso por feminicidio en grado de tentativa, pero un juez reclasificó el caso como violencia intrafamiliar y lesiones, a pesar de que sus heridas tardarían más de 15 días en sanar. Hasta el momento, Juan Carlos, quien las investigaciones señalan como el autor intelectial y cuenta con una orden de aprehensión, no ha sido detenido.
Buscaba reformar el código penal para castigar hasta con 18 años de cárcel a funcionarios públicos que omitan o desestimen riesgos en casos de violencia familiar y de género. Y también proponía de dos a ocho años de prisión a los funcionarios que no pongan medidas de prevención a víctimas o testigos, cuando exista un delito que amenace cualquiera de sus vidas; pero nunca llegó a discutirse en el pleno.
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- Ley Valeria
Valeria Macías es una maestra de Monterrey, Nuevo León, quein fue acechada durante aproximadamente nueve años por uno de sus alumnos; sin embargo, su caso nunca fue investigado por las autoridades en aquel momento.
El hecho evidenció la ausencia de un marco jurídico específico para sancionar y proteger a las víctimas de acecho, el cual consiste en realizar, de manera reiterada, por cualquier medio y sin consentimiento, actos de vigilancia, seguimiento, acercamiento o contacto no deseado, así como acciones de intimidación o intromisión que afectan a la persona, causando un daño en su esfera psíquica o en el desarrollo cotidiano de las actividades.
El acecho se puede presentar a través de diversos medios como las redes sociales, llamadas telefónicas y mensajes de texto; incluso, quien comete esta violencia persigue a la víctima a los lugares que frecuenta.
En febrero de 2026, y a partir de la iniciativa Ley Valeria, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad sancionar el acecho a nivel federal. El decreto fue turnado al Senado de la República para su discusión y eventual votación.
Si es aprobada, se adicionará el artículo 281 bis al Código Penal Federal a través del cual se plantea tipificar el acecho, estableciendo sanciones de dos a cuatro años de prisión y multas de hasta 400 días.
Aunque existe precedentes a nivel estatal, en diciembre de 20225, el Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza (PJECZ), dio a conocer la primera sentencia que se dicta en la entidad por el delito de acecho.
La resolución respectiva correspondió a la jueza Elisa Anaid Salinas López, quien explicó que este logro en materia de protección a la población femenina “envía un mensaje claro a toda la sociedad: estas conductas se castigan” en Coahuila.
A través de un mensaje público, la juzgadora enfatizó que, “más allá de su efecto jurídico, esta sentencia tiene un profundo significado social”. La funcionaria explicó que el referido delito, el cual tuvo lugar en el estado, es “un tipo penal que nació precisamente para proteger la vida, la libertad y la tranquilidad de las personas antes de que la violencia escale a daños irreparables”.
La jueza de primera instancia del Juzgado en Materia Penal del Sistema Acusatorio y Oral añadió que, con esta resolución, de la que no se tenía antecedente en el estado, la persona responsable fue condenada a cuatro años de prisión.
El culpable no solo incurrió en delito de acecho, sino también en los de allanamiento de morada y abuso sexual en perjuicio de su expareja, informó.
“Esto se traduce en una respuesta efectiva del Estado para evitar que esa mujer víctima se convirtiera en parte de una estadística más de feminicidio”, externó.
Ahora, “ella está protegida —expresó Salinas López— y él, jurídicamente, es un acechador condenado”, ya que “el acecho no es un exceso, no es un incidente, no son celos, ni es algo menor”.
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- “Leyes feministas” vulneran la presunción de inocencia | FALSO
No existen “leyes feministas” que supuestamente provocan que “el hombre pierda su derecho fundamental a la presunción de inocencia”, como se difundió en redes sociales durante los últimos meses. Ya que estas narrativas buscan imponer miedo y generar más segregación en torno a la problemática de la violencia sexual.
Cabe aclarar que no todos los delitos de violencia sexual implican prisión preventiva oficiosa, solo aplica para el delito de violación, pero no en otros delitos como acoso, abuso u hostigamiento.
La prisión preventiva oficiosa para la violación está en el artículo 19 de la Constitución mexicana desde la reforma del 18 de junio de 2008; pero para los casos cometidos contra menores de edad, la reforma constitucional del 12 de abril de 2019 incorporó la prisión preventiva oficiosa para los delitos de abuso y violencia sexual.
En México, un país con alta incidencia en feminicidios, machismo, violencia de género, violencia sexual y acoso que traspasa de las calles, al hogar hasta lo digital, estas leyes impulsadas por y para mujeres representan un paso más en la obtención de justicia ante las desigualdades y desafíos que el patriarcado nos ha heredado como sociedad.